La iniciativa del poder Ejecutivo Municipal de Caleufu que propone declarar como bien de interés histórico a la Estación Ferroviaria de Caleufu , ex Ferrocarril del Sarmiento , Provincia de La Pampa
CONSIDERANDO:
Que la estación de Caleufu constituye un espacio de alta significación local y provincial, a la vez que un enlace determinante a nivel regional en los años de apogeo del ferrocarril, con valores testimoniales e históricos destacables para los pobladores de nuestra localidad , vinculados al uso del tren como medio importante de transporte y comunicación ,
Que entre 1907 y 1911, se construye el entronque del ferrocarril Oeste de aproximadamente 60 km que desde Metileo conectaba las estaciones de Trenel, Arata y Caleufu; quien oficio como punta de riel entre 1911 y 1925.
Que desde el mismo origen de la localidad de Caleufu, la Estación Ferroviaria se transformó en el centro de aquel poblado, que cuando fue punta de riel se habían ocupado casi veinte manzanas del pueblo.
Que la estación y la colonia ferroviaria se fortalecieron como espacios de concentración de la vida social y económica del pueblo , constituyendo durante muchos años el espacio arquitectónico más relevante de Caleufu,
Que constructivamente , la estación se compone de volúmenes predominantes característicos de la arquitectura ferroviaria de referencia inglesa , de techos a dos aguas con cubierta de chapa galvanizada pintada de rojo , fachadas con mampostería de ladrillo a la vista, zócalos de piedra laja , ángulos de volúmenes , puertas y ventanas con imitación cantería, puertas y ventanas de madera con vidrios repartidos, alero de anden con columnas y cenefas de madera, cielorrasos interiores en machimbre, pisos de pinotea, pavimentos exteriores de alisado de cemento y cercos de madera tradicionales de las estaciones ferroviarias.
Que la estación mantiene auténticas las técnicas constructivas y los tratamientos de los materiales y la estructura se corresponde con el estilo que desarrollaron los ferrocarriles en nuestro país, no habiendo sufrido modificaciones preponderantemente.
Que el valor histórico de la estación radica, fundamentalmente, en la significación económica y social que ha tenido en el origen y evolución de Caleufu y en el afianzamiento territorial propiciado por el Estado Nacional en esta región de La Pampa.
Que el conjunto edilicio tiene alto valor identitario para los pobladores de Caleufu que estuvieron vinculados al uso histórico del tren como medio popular de transporte y comunicación.
Que mediante Ordenanza N° 24/96 con fecha 5 de Septiembre de 1996 sancionada por el Concejo Deliberante local se crea el Museo Municipal en dicha estación.
Que la presente es dictada conforme a las atribuciones normadas por la Ley N° 1597 de Municipalidades y Comisiones de Fomento.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Artículo 1°: Declárese a la Estación de Ferrocarril Oeste, de interés Público y Monumento Histórico Municipal, ubicada en el Ejido 083, Nomenclatura catastral circ 1°, Radio C, Quinta 5, Parcela 1.
Artículo 2°: Notifíquese con copia al Departamento Ejecutivo, pase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido esto Archívese.