Caleufú (La Pampa) 2 de Octubre de 2025
VISTO:
El estado de deterioro en que sé encuentran ciertos bienes de propiedad de la municipalidad, y
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario optimizar la prestación de los Servicios Públicos Municipales,
Que a tal fin se hace necesario modernizar los equipos y maquinarias del corralón municipal,
Que se ha evaluado el estado actual de los bienes detallados en el Anexo 1 y se estima dado su deterioro la necesidad de su venta y baja respectiva,
Que corresponde autorizar al Concejo Deliberante de Caleufu, en el marco de la Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento,
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Artículo 1°: Apruébese el listado de bienes municipales a vender que como Anexo 1° se adjunta a la presente Ordenanza, quedando incorporado como parte integrante de la misma.
Artículo 2°: Desaféctese del dominio público Municipal los bienes detallados en el Anexo 1° de la Presente, los que automáticamente pasaran a formar parte integrante del Dominio Privado del Municipio con el objetivo de su venta.
Artículo 3°: La presente autorización deberá ser publicada en la página oficial del Municipio y en al menos un medio de difusión local, especificando el listado de bienes en desuso, el procedimiento y modalidad de venta a utilizarse.
Artículo 4°: Una vez perfeccionadas las ventas, autorizase a proceder a la baja de los bienes del inventario municipal.
Artículo 5°: Elévese Copia de la presente al Poder Ejecutivo de ta Municipalidad de Caleufu para su promulgación y Aprobado, Pase a Secretaria, Cumplido Archívese.
ORDENANZA N° 31/2025

