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ORDENANZA 44 / 2025 - Aprueba Ordenanza Tarifaria 2026

 


Caleufu (LP) de 11 Diciembre del 2025 


VISTO:
La necesidad de actualizar los valores de la ORDENANZA TARIFARIA vigente, y 


CONSIDERANDO: 

Que dicha Ordenanza Tarifaria Vigente se encuentra con la determinación de valores que se fijaron para el ejercicio 2025,

Que debido al proceso de aumentos de costos ,tantos salariales como en la provisión de bienes y servicios es indispensable proceder a actualizar los valores para el Ejercicio Fiscal 2026,

Que este Concejo ha analizado detenidamente su contenido compartiendo totalmente el mismo,

Que es facultad del Honorable Concejo Deliberante de acuerdo con los Artículos 37 y sus concordantes de la Ley Provincial 1597(Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento), aprobar o desestimar dicho Proyecto,


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Fijar para el Ejercicio 2026 la Ordenanza Tarifaria que se adjunta como Anexo 1 y que forma parte integrante de presente.

Articulo 2°: Si al 31/12/2026 no se hubiera dictado una nueva Ordenanza Tarifaria para el Año 2027, seguirá vigente lo establecido en la presente, hasta tanto se dicte la Nueva Ordenanza Tarifaria.

Articulo 3°: Pase al Departamento Ejecutivo para su registro y promulgación, Comuníquese, Publíquese y Archívese.



ORDENANZA N° 44/2025






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ORDENANZA 01 / 2025 - Aprueba Ordenanza Tarifaria 2025

 




Caleufu (LP) 3 de Enero del 2025 


VISTO: 

La necesidad de actualizar los valores de la ORDENANZA TARIFARIA vigente; y 


CONSIDERANDO: 

Que dicha Ordenanza Tarifaria Vigente se encuentra con la determinación de los valores que se fijaron para el Ejercicio Fiscal 2024,

Que debido al proceso de aumentos de costos, tantos salariales como en la provisión de bienes y servicios , es indispensable proceder a actualizar los valores para el Ejercicio Fiscal 2025,

Que este Concejo ha analizado detenidamente su contenido compartiendo totalmente el mismo,

Que es facultad del Concejo Deliberante de acuerdo con los Artículos 37, y concordantes de la Ley Provincial N° 1597 (Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento), aprobar o desestimar dicho Proyecto, 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Articulo 1°: Fijar para el Ejercicio 2025 la Ordenanza Tarifaria que se adjunta como Anexo 1° y que forma parte integrante de la presente.

Articulo 2°: Si al 31/12/25 no se hubiera dictado una nueva Ordenanza Tarifaria para el año 2026, seguirá vigente lo establecido en la presente, hasta tanto se dicte nueva Ordenanza Tarifaria.

Artículo 3°: Pase al Departamento Ejecutivo para su registro y Promulgación, Comuníquese, Publíquese y Archívese.



ORDENANZA N° 1/2025





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ORDENANZA 52 / 2023 - Aprueba Ordenanza Tarifaria 2024

 


Caleufú (LP), 1 de Diciembre de 2023 


VISTO: 

La necesidad de establecer la Ordenanza Tarifaria del Municipio para el ejercicio 2024; y 


CONSIDERANDO:   

- Que resulta dotar a la Municipalidad del instrumento legal que determina los valores de las tasas, derechos y demás conceptos que percibe el Municipio; 

- Que de acuerdo al Artículo N° 37 de la Ley N° 1597, la sanción del citado instrumento corresponde al Concejo Deliberante. 

- Que este Concejo ha analizado detenídamente el contenido compartiendo totalmente el mismo con la propuesta realizada por el Poder Ejecutivo. 


POR ELLO: 

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA 

Artículo 1°:  Apruébese en todos sus términos la Ordenanza Tarifaria para el año 2024 que se adjunta a la presente, la cual tendrá vigencia a partir del 01 de Enero de 2024. 

Artículo 2°: Elévese copia al Poder Ejecutivo Provincial por intermedio de la Secretaría de Asuntos Municipales. 

Artículo 3°: Pase al Departamento Ejecutivo para promulgación. Comuníquese, publíquese y archívese. 


ORDENANZA Nº 52 /2023



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ORDENANZA 29 / 2023 - Modifica la Ordenanza Tarifaria 2023

 



Caleufú (LP), 28 de Julio de 2023 


VISTO: 

La ordenanza N° 15/2023, mediante la cual se aprueba la Ordenanza Tarifaria Municipal para el año 2023, de fecha 17/05/2023; y 


CONSIDERANDO: 

- Que a efectos de evitar errores en la interpretación en cuanto al ámbito de aplicación de la normativa antes referenciada, corresponde a este cuerpo deliberativo determinar el recto sentido y alcance de la misma.

- Que la presente es dictada dentro de las facultades y competencias que la Ley provincial 1597 de Municipalidades y Comisiones de Fomentos otorga a este Cuerpo Deliberativo Municipal.


POR ELLO: 

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA 

Artículo 1°:  Incorpórese a la ordenanza Tarifaria Municipal como artículo N° 54, el siguiente texto: "La actualización de valores establecidos en la Ordenanza Tarifaria Municipal mediante la ordenanza N° 15/2023 serán aplicables respecto de aquellos periodos o consumos que aunque devengados a la fecha del dictado de la presente aún no se encuentra facturados por el Municipio.

Artículo 2°: Notifíquese con copia al Departamento Ejecutivo, pase al libro de registro de ordenanzas, cumplido ARCHIVESE.


ORDENANZA N° 29/2023 




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ORDENANZA 15 / 2023 - Aprueba Ordenanza Tarifaria 2023

 



Caleufú (LP), 17 de Mayo de 2023 


VISTO: 

La importancia de la Ordenanza Tarifaria para el desempeño del Poder Ejecutivo, y 


CONSIDERANDO: 

• Que resulta necesario dotar a la Municipalidad del instrumento legal que posibilite un eficaz desenvolvimiento administrativo contable; 

• Que este Concejo ha analizado detenidamente su contenido compartiendo totalmente el mismo con la propuesta realizada por el Poder Ejecutivo;


POR ELLO: 

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

Artículo 1°: Apruébese en todos sus términos la Ordenanza Tarifaria para el año 2023 que se adjunta a la presente. 

Artículo 2°: Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, Comuníquese, Publíquese y Archívese. 


ORDENANZA N° 15/2023





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ORDENANZA 49 / 2021 - Aprueba Ordenanza Tarifaria 2022

 




Caleufu (LP) 18 de Diciembre del 2021 


VISTO: 

La importancia de la Ordenanza Tarifaria para el desempeño del Poder Ejecutivo, y 


CONSIDERANDO: 

- Que resulta necesario dotar a la Municipalidad del Instrumento legal que posibilite un eficaz desenvolvimiento administrativo contable; 

- Que este Concejo ha analizado detenidamente su contenido compartiendo totalmente el mismo con la propuesta realizada por el Poder Ejecutivo:


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Apruébese en todos sus términos la Ordenanza Tarifaria para el año 2022 que se adjunta a la presente.

Artículo 2°: Pase al Departamento Ejecutivo para su Promulgación, Comuníquese, Publíquese y Archívese.



ORDENANZA N° 49/2021




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ORDENANZA 14 / 2021 - Aprueba Presupuesto y Ordenanza Tarifaria 2021

 





Caleufu (LP), 20 de Mayo de 2021 


VISTO: 

La necesidad de establecer el Cálculo de Recursos, Presupuestos de Gastos y Ordenanza Tarifaria del Municipio para el ejercicio 2021; y 


CONSIDERANDO:  

- Que resulta necesario dotar a la Municipalidad del Instrumento legal que posibilite un eficaz desenvolvimiento administrativo contable,

- Que de acuerdo al Artículo N° 37 de la Ley N° 1597, la sanción del citado instrumento corresponde al Concejo Deliberante,

- Que de acuerdo a la Ley N° 2899 corresponde al Concejo Deliberante fijar anualmente los paramentos en el uso de los ingresos provenientes de las sumas coparticipables por las Regalías Hidrocarburiferas,

- Que este Concejo ha analizado detenidamente su contenido compartiendo totalmente el mismo con la propuesta realizada por el Poder Ejecutivo,


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Apruébese en todos sus términos la Ordenanza Tarifaria para el año 2021 que se adjuntan a la presente.

Artículo 2°: Estímese los recursos y fijase las erogaciones de la Municipalidad de Caleufu para el Ejercicio 2021 en la suma de Pesos: CIENTO SETENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS VEINTINUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO ($177.229.991,00) de acuerdo al detalle que se indica en los Anexos 1°, 2° y 3° que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 3°: Fíjese en cincuenta (50), el número de cargos de la planta de personal permanente y siete (7) el número de cargos del Concejo Deliberante y apruébese la nómina de personal, todo según detalle de los Anexos 4° y 5° que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 4°: Apruébese la libre disponibilidad (100%) en el uso de los fondos a ser recibidos por este Municipio por la coparticipación de Regalías Hidrocarburiferas para el Ejercicio 2021.

Artículo 5°: Facúltese al Departamento Ejecutivo a solicitar anticipos de coparticipación cuando lo crea necesario ante el Poder Ejecutivo Provincial.

Artículo 6°: En ningún caso podrán comprometerse gastos sino hasta el monto total de los recursos efectivamente realizados.

Artículo 7°: Elévese copia al Poder Ejecutivo Provincial por intermedio de la Secretaria de Asuntos Municipales.

Artículo 8°: Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, Comuníquese, Publíquese y Archívese.



ORDENANZA N° 14/2021




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ORDENANZA 11 / 2020 - Aprueba Ordenanza Tarifaria 2020

 





Caleufu (LP) 21 mayo de 2020 


VISTO: 

La necesidad de establecer el Cálculo de Recursos, Presupuestos de Gastos y Ordenanza Tarifaria del Municipio para el ejercicio 2020; y, 


CONSIDERANDO: 

Que resulta necesario dotar a la Municipalidad del Instrumento legal que posibilite un eficaz desenvolvimiento administrativo contable,

Que de acuerdo al Artículo n° 37 de la Ley N” 1597, la sanción del citado instrumento corresponde al Concejo Deliberante,

Que de acuerdo a la Ley n° 2899 corresponde al Concejo Deliberante fijar anualmente los paramentos en el uso de los ingresos provenientes de las sumas coparticipables por las Regalías Hidrocarburiferas,

Que este Concejo ha analizado detenidamente su contenido compartiendo totalmente el mismo con la propuesta realizada por el Poder Ejecutivo,


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Apruébese en todos sus términos la Ordenanza Tarifaria para el año 2020 que se adjuntan a la presente.

Artículo 2°: Estímese los recursos y fijase las erogaciones de la Municipalidad de Caleufu para el Ejercicio 2020 en la suma de Pesos: CIEN MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO ($100.488.534.00) de acuerdo al detalle que se indica en los Anexos 1°, 2° y 3° que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 3°: Fíjese en cuarenta y nueve (49), el número de cargos de la planta de personal permanente y siete (7) el número de cargos del Concejo Deliberante y apruébese la nómina de personal, todo según detalle de los Anexos 4° y 5°que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 4°: Apruébese la libre disponibilidad (100%) en el uso de los fondos a ser recibidos por este Municipio por la coparticipación de Regalías Hidrocarburiferas para el Ejercicio 2020.

Artículo 5°: Facúltese al Departamento Ejecutivo a solicitar anticipos de coparticipación cuando lo crea necesario ante el Poder Ejecutivo Provincial.

Artículo 6°: En ningún caso podrán comprometerse gastos sino hasta el monto total de los recursos efectivamente realizados.

Artículo 7°: Elévese copia al Poder Ejecutivo Provincial, por intermedio de la Secretaria de Asuntos Municipales.

Artículo 8°: Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, Comuníquese, Publíquese y Archívese.



ORDENANZA N° 11/2020





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ORDENANZA 10 / 2019 - Aprueba Ordenanza Tarifaria 2019

 




Caleufu (LP) 2 de Mayo de 2019 


VISTO: 

La necesidad de establecer el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos del Municipio para el Ejercicio 2019; y 


CONSIDERANDO: 

Que resulta necesario dotar a la Municipalidad del Instrumento legal que posibilite un eficaz desenvolvimiento administrativo contable;

Que de acuerdo al Artículo N° 37 de la Ley N° 1597, la sanción del citado instrumento corresponde al Concejo Deliberante; 

Que de acuerdo a la Ley 2899 corresponde al Concejo Deliberante fijar anualmente los parámetros en el uso de los ingresos provenientes de las sumas coparticipadas por las Regalías Hidrocarburiferas;

Que este Concejo ha analizado detenidamente su contenido compartiendo totalmente el mismo con la propuesta realizada por el Poder Ejecutivo:


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

Artículo 1°: Apruébese en todos sus términos la Ordenanza Tarifaria para el año 2019 que se adjunta a la presente.

Artículo 2°: Estímese los recursos y fijase las erogaciones de la Municipalidad de Caleufu para el Ejercicio 2019 en la suma de PESOS: SETENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE ($78.643.877,00) de acuerdo al detalle que se indica en los ANEXOS 1,2 Y 3 que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 3°: Fíjese en cuarenta y ocho (48) el número de cargos de la Planta de Personal Permanente y Siete (7) el número de cargos del Concejo Deliberante y apruébese la nómina de personal y la re categorización propuesta para el mismo, todo según detalle de los ANEXOS 4 Y 5 que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 4°: Aprobar la libre Disponibilidad (100%) en el uso de los fondos a ser recibidos por este Municipio por la coparticipación de las Regalías Hidrocarburiferas para el Ejercicio 2019.

Artículo 5°: Facúltese al Departamento Ejecutivo a solicitar anticipos de coparticipación cuando lo crea necesario ante el Poder Ejecutivo Provincial. 

Artículo 6°: En ningún caso podrán comprometerse gastos sino hasta el monto total de los recursos efectivamente realizados. 

Artículo 7°: Elévese copia al Poder Ejecutivo Provincial por intermedio de la Secretaria de Asuntos Municipales.

Artículo 8°: Pase al Departamento Ejecutivo para su Promulgación, Comuníquese, Publíquese y Archívese.


ORDENANZA N° 10/2019





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ORDENANZA 03 / 2018 - Aprueba Ordenanza Tarifaria 2018

 




Caleufu (L.P.)  5 de Abril de 2018 


VISTO: 

La necesidad de establecer el Cálculo de Recursós y Presupuestos de Gastos del Municipio para el ejercicio 2018; y 


CONSIDERANDO: 

Que resulta necesario dotar a la Manicipalidad del instrumento legal que posibilite un eficaz desenvolvimiento administrativo contable:

Que de acuerdo al Artículo N° 37 de:la Ley N° 1587 la sanción del citado instrumento corresponde al Concejo Deliberarite; 

Que este Concejo ha análizádo detenidamente su contenido compartiendo totalmente el mismo con la propuesta realizada por el Poder Ejecutivo; 

Que de acuerdo a la Ley 2899 corresponde al Concejo Deliberante fijar anualmente los parámetros en el uso de los ingresos provenientes de las: sumas coparticipadas por las regalías hidrocarburíferas; 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU 
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Articulo 1°: Apruébase en todos sus términos la Ordenanza Tarifaria 2018 que se adjunta a la presente. 

Artículo 2°: Estimese los recursos y fijanse las erogaciones de la Municipalidad de Caleufu para el ejercicio 2018, en la suma de PESOS CINCUENTA Y UN MILLONES SETENTA Y UN MIL CIENTO VEINTICINCO ($51.071, 125,00) de ácuerdo al detalle qué se indica en los ANEXOS 1, 2 Y 3 que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 3°: Fijese en cuarenta y Siete (47) el número de cargos de la Planta de Personal Permanente y siete (7) el número de cargos del Concejo Deliberante, según detalle de los ANEXOS 4° y 5° que forman parte integrante de la Presente Ordenanza. 

Artículo 4°: Aprobar la libre disponibilidad (%100) en el uso de los fondos a ser recibidos por este Municipio por la Coparticipación de las Regalías Hidrocarburíferás para el Ejercicio 2018.

Artículo 5°: Facultase al Departamento Ejetútivo a solicitar anticipos de coparticipación cuando lo crea necesario ante el poder Ejecutivo Provincial.

Artículo 6°: En ningún caso podrán comprometerse gastos sino hasta el monto total de los recursos efectivamente realizados.

Artículo 7°: Elévese copia al Poder Ejecutivo Provincial por intermedio de la Secretaria de Asuntos Municipales.

Artículo 8°: Pase al Departamento Ejecutivo pará su promulgación, comuniquese, publíquese y archívese.



ORDENANZA 03/2018






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ORDENANZA 02 / 2017 - Aprueba Ordenanza Tarifaria 2017

 



Caleufu (LP) 16 de Marzo de 2017 


VISTO: 

La necesidad de establecer la Ordenanza Tarifaria, el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos del Municipio para el Ejercicio 2017; y 


CONSIDERANDO: 

Que resulta necesario dotar a la Municipalidad del Instrumento legal que posibilite un eficaz desenvolvimiento administrativo contable;

Que de acuerdo al Artículo N° 37 de la Ley N° 1597, la sanción del citado instrumento corresponde al Concejo Deliberante;

Que este Concejo ha analizado detenidamente su contenido compartiendo totalmente el mismo con la propuesta realizada por el Poder Ejecutivo;

Que se considera adecuado aprobar la re categorización del personal municipal propuesta por el Departamento Ejecutivo ;

Que de acuerdo a la Ley 2899 corresponde al Concejo Deliberante fijar anualmente los parámetros en el uso de los ingresos provenientes de las sumas coparticipadas por las Regalías Hidrocarburiferas;

Que estando vigente el convenio de Recaudación con la Cooperativa local los índices de recaudación y de cumplimiento de parte de los contribuyentes para con las tasas municipales ha aumentado y aumentara en forma sostenida, cumpliéndose así el objetivo propuesto, por lo que se estima conveniente dejar sin efecto las bonificaciones establecidas en el Artículo 2 de la Ordenanza N° 06/2001.;


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Articulo N° 1: Apruébese en todos sus términos la Ordenanza Tarifaria 2017 que se adjunta a la presente.

Artículo N° 2: Estímese los recursos y fíjese las erogaciones de la Municipalidad de Caleufu para el Ejercicio 2017 en la suma de PESOS TREINTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO QUINIENTOS TREINTA Y UNO ($ 38.991.531,00) de acuerdo al detalle que se indica en los ANEXOS 1,2 Y 3 que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

Articulo N° 3: Fíjese en cuarenta y seis (46) el número de cargos de la Planta Personal Permanente y Siete (7) el número de cargos del Concejo Deliberante y apruébese la recategorización propuesta para el personal municipal, según detalle de los ANEXOS 4 Y 5 que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo N° 4: Aprobar la libre Disponibilidad (100%) en el uso de los fondos a ser recibidos por este Municipio por la coparticipación de las Regalías Hidrocarburiferas para el Ejercicio 2017.

Artículo N° 5: Facúltese al Departamento Ejecutivo a solicitar anticipos de coparticipación cuando lo crea necesario ante el Poder Ejecutivo Provincial.

Artículo N° 6: En ningún caso podrán comprometerse gastos sino hasta el monto total de recursos efectivamente realizados.

Articulo N° 7: Deróguese el Articulo 2 de la Ordenanza N° 06/2001.

Artículo N° 8: Elévese copia al Poder Ejecutivo Provincial por intermedio de la Secretaria de Asuntos Municipales.

Articulo N° 9: Pase al Departamento Ejecutivo para su Promulgación, Comuníquese, Publíquese y Archívese.


ORDENANZA N° 02/2017





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ORDENANZA 15 / 2016 - Aprueba Ordenanza Tarifaria 2016

 


Caleufu (LP) , 14 de Abril de 2016 

VISTO: 

La Ordenanza Tarifaria para el Año 2016 elevada a este Cuerpo por el Departamento Ejecutivo Municipal para su evaluacion, y 


CONSIDERANDO: 

Que mediante la misma se establecen las Tarifas a aplicar en las Tasas, impuestos y Contribuciones para el ejercicio fiscal 2016. 

Que en Sesión Ordinaria del día 13 de Abril de 2016 ha sido tratada y evaluada por este Cuerpo.

Que la presente es dictada dentro de las facultades y competencias que la Ley Provincial n° 1597 de Municipalidades y Comisiones de Fomento otorga a este Cuerpo Deliberante Municipal.


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Articulo 1°: Apruébase la Ordenanza Tarifaria para el ejercicio fiscal 2016 elevada por el Departamento Ejecutivo.

Articulo 2°: Elévese copia de la presente al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y de forma.

Articulo 3°: Pase a Secretaria, transcribase al cumplido esto, archívese.



ORDENANZA N° 15/2016






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ORDENANZA 09 / 2015 - Aprueba Ordenanza Tarifaria 2015

 




Caleufú (La Pampa) 15 de Abril de 2015 


VISTO: 

La Ordenanza Tarifaria para el año 2015 elevada a este Cuerpo por el Departamento Ejecutivo Municipal para su evaluación, y 


CONSIDERANDO: 

. Que mediante la misma se establecen las Tarifas a aplicar en las Tasas, Impuestos y Contribuciones para el ejercicio fiscal 2015.

. Que en Sesión Ordinaria del día 15 de Abril de 2015 ha sido tratada y evaluada por este Cuerpo.

. Que la presente es dictada dentro de las facultades y competencias que la Ley Provincial N° 1597 de Municipalidades y Comisiones de Fomento otorga a este Cuerpo Deliberativo Municipal.


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


ARTÍCULO 1°: Apruébase la Ordenanza Tarifaria para el ejercicio fiscal 2015 elevada por el Departamento Ejecutivo.

ARTÍCULO 2°: Elévese copia de la presente al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y de forma.

ARTÍCULO 3°: Pase a Secretaría, transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido, archívese.


ORDENANZA N° 09/2015






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