Caleufú (LP), 23 de Feberero de 2021
VISTO:
El Plan Provincial de Viviendas Sociales "Viviendas La Pampa", y
CONSIDERANDO:
• Que la Municipalidad el 22 de Enero del corriente año suscribió el correspondiente Convenio de Ejecución con el Instituto Autárquico de Vivienda (IPAV) del Gobierno de la Provincia,
• Que según el mencionado convenio se deberán iniciar las obras dentro de los primeros veinte días hábiles del depósito del primer desembolso,
• Que según informa el Poder Ejecutivo ya se han realizado inversiones destinadas a tal fin,
• Que en la actualidad se cuentan con recursos financieros necesarios para completar las compras y/o contratación de materiales para dar inicio a la primera etapa de construcción de las viviendas contempladas en el proyecto
• Que no se desconoce la variabilidad de los precios en los materiales de construcción y la escasa disponibilidad de los mismos , por lo que se procedió a realizar solicitudes de cotización a seis proveedores del ramo,
• Que solamente se recibieron tres cotizaciones , pertenecientes a Materiales Centro S.A , Corralón Gildo de Daniel Tellería y Corralón Martel de Pablo Martel ,
• Que según surge de la planilla comparativa de precios se propone una adjudicación por ítems lo que resulta más conveniente a los intereses de la Municipalidad,
• Que es facultad de este Cuerpo Deliberativo el dictado de la presente ,
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Articulo 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a contratar en forma directa los suministros de materiales según el siguiente detalle:
a) ítem 1,2,3,5,6, y 7 a Corralón Martel de Pablo Martel CUIT 20-07359465-1 por un monto total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS VEINTICINCO MIL OCHOCIENTOS ($1.425.800,00).
b) (tem 4 y 8 a Materiales Centro S.A CUIT 30-58724758-1 por un monto total de PESOS CUATROCIENTOS VEINTE TRES MIL SETECIENTOS CINCO ($423.705,00)
Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento de la presente será afectada a la partida presupuestaria vigente.
Articulo 3°: Elévese copia de la presente al Departamento Ejecutivo Municipal para su conocimiento y Promulgación.
ORDENANZA N° 01/2021