Caleufú (LP), 27 de Octubre de 2022
VISTO:
La circulación de vehículos a altas velocidades y la necesidad de ejecutar obras de prevención que refieren a medidas de seguridad en las calles de Caleufú;
CONSIDERANDO:
- Qué los sectores que se mencionan son linderos a barrios sociales donde viven y transitan muchos niños;
- Que es un reclamo que vienen realizando distintos vecinos de la localidad;
- Que la velocidad superior a la permitida por las normas vigentes implica un riesgo tanto para quienes circulan en vehículos como para los peatones;
- Que es necesario tomar medidas precautorias a fin de evitar siniestros;
- Que es responsabilidad del Municipio, velar por la seguridad vial de la población teniendo especial atención de las políticas municipales en lo que respecta a la protección de peatones;
- Que se encuentra vigente la Resolución N° 08/2020 aprobada por este Concejo Deliberante que hace referencia al tema en cuestión;
- Que es facultad del Concejo Deliberante según Ley 1597 de Municipalidades y Comisiones
de Fomento,
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
RESUELVE
Artículo 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo considere en forma urgente la construcción de reductores de velocidad en las calles que a continuación se detallan:
a) Calle Moreno esquina España (1 reductores de velocidad).
b) Calle Moreno esquina Juan B. Justo. (1 Reductor de Velocidad).
c) Calle Arturo Illia esquina Alsina (1 reductor de velocidad).
d) Calle Irigoyen esquina Moreno (1 Reductor de Velocidad)
Articulo 2°: Solicitar el reacondicionamiento de los lomos de burro ya existentes en la localidad para una mejor visualización y precaución de todo aquel que circule por las calles de la misma, (Repintado, Señalización, carteles identifica torios).
Artículo 3°: Se solicita mejoramiento o modificación en "badén , desagüe" que se encuentra en calle Urquiza e intersección con calle Rivadavia, debido a su pronunciada profundidad que dificulta el paso del mismo.
Artículo 4°: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá contemplar la incorporación de señalización de tipo vertical necesaria para la demarcación de los reductores de velocidad mencionados en el Artículo 1° de la presente.
Artículo 5°: Regístrese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, Cumplido Archívese.
RESOLUCIÓN N° 09/2022