ORDENANZA 17 / 2015 - Aprueba Balance Octubre 2014

 



Caleufú (LP), 27 de Mayo de 2015 


VISTO: 

El Balance del mes de OCTUBRE de 2014, elevado por el Departamento Ejecutivo para su posterior estudio y verificación, y 


CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo al estudio y verificación, los resultados se consideran correctos. 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


ARTÍCULO 1°: Apruébase el Balance del mes de OCTUBRE de 2014, elevado por el Departamento Ejecutivo.

ARTÍCULO 2°: Elévese copia de la presente Ordenanza al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y de forma.

ARTÍCULO 3°: Pase a Secretaría, transcríbase el Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido, archívese.


ORDENANZA N° 17/2015





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ORDENANZA 16 / 2015 - Modifica Ordenanza N° 14-2015

 




Caleufú (LP), 18 de Mayo de 2015 


VISTO:

La Ordenanza N° 14/2015 de este Concejo Deliberante, y 


CONSIDERANDO:

Que el Departamento Ejecutivo envió a este Cuerpo Deliberativo una nota solicitando que se considere modificar el Artículo 1° de la mencionada Ordenanza, incluyendo las Calles Alsina, Alberdi y Sarmiento —todas entre Calles 25 de Mayo y Belgrano.

Que la posibilidad de ampliar el pavimento en las mencionadas calles beneficiará a más vecinos de nuestra localidad, como también mejorará el tránsito vehicular por las mismas.

Que la presente es dictada dentro de las facultades y competencias que la Ley Provincial 1597 de Municipalidades y Comisiones de Fomento otorga a este Cuerpo Deliberativo Municipal.


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


ARTÍCULO 1°: Modificase e incorpórase al Artículo 1° la Ordenanza N° 14/2015 de este Concejo Deliberante, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Autorízase a la Dirección Provincial de Vialidad a realizar la ampliación del pavimento urbano, sobre las siguientes calles:

a) Calle Belgrano, entre Calle España y Calle Urquiza.
b) Calle Alsina, entre Calle 25 de Mayo y Calle Belgrano.
c) Calle Alberdi, entre Calle 25 de Mayo y Calle Belgrano.
d) Calle Sarmiento, entre Calle 25 de Mayo y Calle Belgrano.

Esta obra constituirá una continuación de la Obra de Acceso a la Ruta Provincial N° 9.

ARTÍCULO 2°: Elévese copia de la presente al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y de forma.

ARTÍCULO 3°: Pase a Secretaría, transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido, archívese.


ORDENANZA N° 16/2015





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ORDENANZA 15 / 2015 - Aprueba Rendición Acompañante Domiciliario

 



Caleufú (LP), 13 de Mayo de 2015 


VISTO:

La Rendición de Acompañante Domiciliario, Expediente N° 2044/15, elevada por el Departamento Ejecutivo para su posterior estudio y verificación, y 


CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo al estudio y verificación, los resultados se consideran correctos.


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


ARTÍCULO 1°: Se aprueba la Rendición de Acompañante Domiciliario, Expediente N° 2044/15, elevada por el Departamento Ejecutivo.

ARTÍCULO 2°: Elévese copia de la presente al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y de forma.

ARTÍCULO 3°: Pase a Secretaría, transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido, archívese.


ORDENANZA N° 15/2015





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ORDENANZA 14 / 2015 - Autoriza Pavimentación de Calle Belgrano

 





Caleufú (LP), 13 de Mayo de 2015 


VISTO: 

La necesidad de pavimentar la Calle Belgrano, entre España y Urquiza, de nuestra localidad, que permita a la población en general transitar con mayor seguridad y mejorar la calidad de vida, 


CONSIDERANDO: 

Que la Obra de Ampliación del Pavimento Urbano será continuación de la Obra del Acceso Ruta N° 9.

Que dicha obra será ejecutada por la Dirección Provincial de Vialidad. 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


ARTÍCULO 1°: Autorízase a la Dirección Provincial de Vialidad a realizar la ampliación del pavimento urbano, sobre la Calle Belgrano, entre Calle España y Calle Urquiza, constituyendo la misma, continuación de la Obra del Acceso a Ruta N° 9.

ARTÍCULO 2°: Elévese copia de la presente Ordenanza a la Dirección Provincial de Vialidad.

ARTÍCULO 3°: Elévese copia de la presente Ordenanza al Depayfamento Ejecutivo para su conocimiento y de forma.

ARTÍCULO 4°: Pase a Secretaría, transcríbase el Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido, archívese.


ORDENANZA N° 14/2015





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