Caleufú (LP), 18 de Mayo de 2015
VISTO:
La Ordenanza N° 14/2015 de este Concejo Deliberante, y
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo envió a este Cuerpo Deliberativo una nota solicitando que se considere modificar el Artículo 1° de la mencionada Ordenanza, incluyendo las Calles Alsina, Alberdi y Sarmiento —todas entre Calles 25 de Mayo y Belgrano.
Que la posibilidad de ampliar el pavimento en las mencionadas calles beneficiará a más vecinos de nuestra localidad, como también mejorará el tránsito vehicular por las mismas.
Que la presente es dictada dentro de las facultades y competencias que la Ley Provincial 1597 de Municipalidades y Comisiones de Fomento otorga a este Cuerpo Deliberativo Municipal.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Modificase e incorpórase al Artículo 1° la Ordenanza N° 14/2015 de este Concejo Deliberante, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Autorízase a la Dirección Provincial de Vialidad a realizar la ampliación del pavimento urbano, sobre las siguientes calles:
a) Calle Belgrano, entre Calle España y Calle Urquiza.
b) Calle Alsina, entre Calle 25 de Mayo y Calle Belgrano.
c) Calle Alberdi, entre Calle 25 de Mayo y Calle Belgrano.
d) Calle Sarmiento, entre Calle 25 de Mayo y Calle Belgrano.
Esta obra constituirá una continuación de la Obra de Acceso a la Ruta Provincial N° 9.
ARTÍCULO 2°: Elévese copia de la presente al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y de forma.
ARTÍCULO 3°: Pase a Secretaría, transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido, archívese.
ORDENANZA N° 16/2015