ORDENANZA 44 / 2015 - Designa Pasajes de la Localidad

 







Caleufú (LP), 28 de Octubre de 2015 


VISTO: 

. La disposición y distribución de las viviendas del Barrio FONAVI de Caleufú, sito entre calles: España, Remedios de Escalada, Alsina y J.D. Perón; y 


CONSIDERANDO: 

. Que las viviendas con frente a la parte interna de la manzana no poseen una identificación relativa a calle y número, lo cual genera inconvenientes o molestias al momento de realizar trámites administrativos u otros.

. Que resulta complejo el tránsito vehicular y/o estacionamiento en el sector interno del barrio.

. Que es una forma de fortalecer nuestra identidad, y construir nuestra historia, denominar a las calles o pasajes con nombres de vecinos que merecen el reconocimiento y aprecio de la comunidad.

. Que es facultad de este Concejo Deliberante según Art 36° Inc 2° Inc 16° de la Ley N° 1597. 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


ARTÍCULO 1°: Desígnase como “Pasaje Alfredo Avalis” al pasaje que divide la manzana de este a oeste, entre calles España y Alsina. Colóquese cartel identificatorio.

ARTÍCULO 2°: Desígnase como “Pasaje Illuminada Pascual de Uchelli” al pasaje que corre de norte a sur, desde calle Perón hasta el pasaje mencionado en el artículo anterior. Colóquese cartel identificatorio.

ARTÍCULO 3°: Elévese copia de la presente a los familiares directos del Sr. Avalis y la Sra. Pascual de Uchelli.

ARTÍCULO 4°: Convóquese por nota al Departamento Ejecutivo y a los habitantes del Barrio FONAVI mencionado, a efectos de exponerles el proyecto de estructura de circulación interna que se adjunta como Anexo I, escuchar sus consideraciones y/o sugerencias, previo a la implementación del mismo.

ARTÍCULO 5°: Elévese copia al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y ejecución.

ARTÍCULO 6°: Pase a Secretaría, transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido, archívese.


ORDENANZA N° 44/2015






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ORDENANZA 43 / 2015 - Acepta Donación de Inmueble

 




Caleufú (LP), 28 de Octubre de 2015 


VISTO: 

. Que en la localidad hay una importante demanda de viviendas de servicio.

. Que el municipio está gestionando el Programa Provincia y Municipio (PyM)-Viviendas de Servicio; y 


CONSIDERANDO: 

Que es de interés de la Municipalidad de Caleufú colaborar con la seguridad local.

Que el Instituto Provincial Autárquico de Vivienda (IPAV) es titular del terreno de nomenclatura catastral: Ejido 083, Circ 01, Rad C, Manz 054A, Par 19, Partida N° 738529.

Que según la Ley Orgánica de Municipalidades y Com. De Fomento N° 1597, Art. 67 Inc 18°, es facultad de este Concejo Deliberante aceptar las donaciones efectuadas a favor de la Municipalidad de Caleufú.


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


ARTÍCULO 1°: Aceptar la donación efectuada por el Instituto Provincial Autárquico de Vivienda (IPAV) a favor de la Municipalidad de Caleufú, del terreno de nomenclatura catastral: Ejido 083, Circ 01, Rad C, Manz 0544, Par 19, Partida N° 738529.

ARTÍCULO 2°: Elévese copia de la presente al Instituto Provincial Autárquico de Vivienda (IPAV) para su conocimiento.

ARTÍCULO 3°: Elévese copia asimismo al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y de forma. Pase a Secretaría, transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido, archívese.



ORDENANZA N° 43/2015





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ORDENANZA 42 / 2015 - Aprueba Rendición Acompañante Domiciliario

 



Caleufú (LP), 14 de Octubre de 2015 


VISTO: 

La Rendición Acompañante Domiciliario - Expediente N? 78 12/15, elevada por el Departamento Ejecutivo para su posterior estudio y verificación, y 


CONSIDERANDO: 

Que, de acuerdo al estudio y verificación, los resultados se consideran correctos. 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA 


ARTÍCULO 1°: Se aprueba la Rendición Acompañante Domiciliario - Expediente N° 7812/15, elevada por el Departamento Ejecutivo.

ARTÍCULO 2°: Elévese copia de la presente al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y de forma.

ARTÍCULO 3°: Pase a Secretaría, transcribase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido, archívese.



ORDENANZA N° 42/2015





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ORDENANZA 41 / 2015 - Aprueba Balance Junio 2015

 



Caleufú (LP), 14 de Octubre de 2015 


VISTO: 

El Balance del mes de Junio de 2015, elevado por el Departamento Ejecutivo para su posterior estudio y verificación, y 


CONSIDERANDO: 

Que, de acuerdo al estudio y verificación, los resultados se consideran correctos. 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


ARTÍCULO 1°: Apruébase el Balance del mes de Junio de 2015, elevado por el Departamento Ejecutivo.

ARTÍCULO 2°: Elévese copia de la presente Ordenanza al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y de forma.

ARTÍCULO 3°: Pase a Secretaría, transcríbase el Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido, archívese.



ORDENANZA N° 41/2015





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