ORDENANZA 50 / 2015 - Desaprueba Balance Junio 2013

 




Caleufú (LP), 25 de Noviembre de 2015 


VISTO: 

El Balance del mes de Junio de 2013, elevado por el Departamento Ejecutivo para su posterior estudio y verificación, con fecha 28 de Agosto de 2013, y 


CONSIDERANDO: 

Que con fecha 30 de Octubre de 2013, el Departamento Ejecutivo Municipal recibió un pedido de información -enviado por este Cuerpo Deliberativo-, acerca de algunas inconsistencias que surgieron del análisis y revisión realizados en Reunión de Hacienda y Presupuesto del día 23 de Octubre de 2013.

Que hasta la fecha no se ha recibido respuesta al requerimiento antes mencionado.

Que de acuerdo al estudio y verificación realizados con la documentación con que se cuenta, los resultados no se consideran correctos.

Que con motivo de prevenir la aprobación tácita y responsabilidad solidaria que prevé el Artículo 46 de la Ley N° 1597, mediante Ordenanza N° 03/2014 del 19 de Marzo de 2014 se resolvió suspender el plazo de fiscalización y aprobación respecto del Balance de Junio de 2013.

Que la presente es dictada dentro de las facultades y competencias que la Ley Provincial N° 1597 de Municipalidades y Comisipnes de Fomento otorga a este Cuerpo Deliberativo Municipal.


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


ARTÍCULO 1°:  Desapruébase el Balance del mes de Junio de 2013, elevado por el Departamento Ejecutivo para su estudio y verificación.

ARTÍCULO 2°: Deróguese la Ordenanza N° 03/2014.

ARTÍCULO 3°: Elévese copia de la presente Ordenanza al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y de forma.

ARTÍCULO 4°: Pase a Secretaría, transcríbase el Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido, archívese.


ORDENANZA N° 50/2015






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ORDENANZA 49 / 2015 - Aprueba Balance Agosto 2015

 



Caleufú (LP), 25 de Noviembre de 2015 


VISTO: 

El Balance del mes de Agosto de 2015, elevado por el Departamento Ejecutivo para su posterior estudio y verificación, y 


CONSIDERANDO: 

Que, de acuerdo al estudio y verificación, los resultados se consideran correctos. 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


ARTÍCULO 1°: Apruébase el Balance del mes de Agosto de 2015, elevado por el Departamento Ejecutivo.

ARTÍCULO 2°: Elévese copia de la presente Ordenanza al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y de forma.

ARTÍCULO 3°: Pase a Secretaría, transcríbase el Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido, archívese.



ORDENANZA N° 49/2015





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ORDENANZA 48 / 2015 - Aprueba Balance Julio 2015

 



Caleufú (LP), 11 de Noviembre de 2015  


VISTO: 

El Balance del mes de Julio de 2015, elevado por el Departamento Ejecutivo para su posterior estudio y verificación, y 


CONSIDERANDO: 

Que, de acuerdo al estudio y verificación, los resultados se consideran correctos. 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


ARTÍCULO 1°: Apruébase el Balance del mes de Julio de 2015, elevado por el Departamento Ejecutivo.

ARTÍCULO 2°: Elévese copia de la presente Ordenanza al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y de forma.

ARTÍCULO 3°: Pase a Secretaría, transcríbase el Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido, archívese.



ORDENANZA N° 48/2015





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ORDENANZA 47 / 2015 - Prorroga Presentación Presupuesto y Ordenanza Tarifaria 2016

 




Caleufú (LP), 11 de Noviembre de 2015 


VISTO: 

La Nota elevada por el Departamento Ejecutivo Municipal con fecha 21 de Octubre de 2015, y 


CONSIDERANDO: 

Que mediante la misma solicita se prorrogue la presentación del Presupuesto de Cálculo de Recursos y Erogaciones Municipales y Ordenanza Tarifaria para el Ejercicio Financiero 2016.

Que fundamenta dicho pedido en: a) Que a la fecha el Poder Ejecutivo de la Provincia de La Pampa aún no ha presentado el Presupuesto Provincial, solicitando éste también una prórroga ante la Cámara de Diputados de la Provincia; y b) La influencia que tiene el Presupuesto Provincial en la confección del Presupuesto Comunal.

Que la presente es dictada dentro de las facultades y competencias que la Ley Provincial N° 1597 de Municipalidades y Comisiones de Fomento otorga a este Cuerpo Deliberativo Municipal.


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


ARTÍCULO 1°: Prorrogar la presentación, por parte del Departamento Ejecutivo Municipal, del Presupuesto de Cálculo de Recursos y Erogaciones Municipales y Ordenanza Tarifaria para el Ejercicio Financiero 2016 hasta el día 30 de Marzo de 2016.

ARTÍCULO 2°: Notifíquese con copia al Departamento Ejecutivo, transcribase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido, archívese.


ORDENANZA N° 47/2015





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ORDENANZA 46 / 2015 - Autoriza Compra Directa de Motoniveladora Pauny MA 180

 





Caleufú, 03 de Noviembre de 2015 


VISTO: 

La necesidad de adquirir una motoniveladora para el Parque Automotor Municipal, y; 


CONSIDERANDO: 

Que dicha máquina permitirá potenciar los trabajos de obras y servicios públicos a lo largo y ancho de la localidad.

Que resulta conveniente al municipio para concretar las obras y servicios públicos y acelerar el proceso de intervención de la comuna en cada requerimiento de los vecinos.

Que la maquinaria existente es totalmente obsoleta.

Que la firma vendedora aceptaría la forma de pago propuesta.

Que el municipio cuenta Con los recursos económicos suficientes para cubrir la erogación que representa la compra de la citada maquinaria.


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


ARTICULO 1°: Autorizase al Poder Ejecutivo Municipal la compra en forma directa de una Motoniveladora Marca PAUNY, Modelo MA 180, por la suma total de $ 1.957.618 a la firma PAUNY S.A. - Cuit: 30-61885563-1, todo según presupuesto adjunto a la presente como Anexo l, y pago contra entrega de la maquinaria.

ARTICULO 2°: Facultase ampliamente al Sr. Intendente Municipal a suscribir la documentación que resulte necesaria para la adquisición del bien, cuya compra directa se autoriza por la presente.

ARTICULO 3°: Autorizase al Departamento Contable a realizar las modificaciones presupuestarias correspondientes.

ARTICULO 4°: Comuníquese, regístrese, publíquese y cumplido archívese.



ORDENANZA N° 46/2015





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ORDENANZA 45 / 2015 - Autoriza Ejecución de Obra de Reparación Integral del Edificio Municipal

 




Caleufú, 03 de Noviembre de 2015 


VISTO: 

La solicitud del Expediente N° 8671/2014 del Gobierno Provincial; y 


CONSIDERANDO: 

Que el Director de Obras Básicas y Arquitectura, perteneciente al Gobierno de La Pampa, solicita a la Municipalidad de Caleufú, en el marco de la Ley Provincial General de Obras Públicas N° 38, autorice al Gobierno de La Pampa, para que a través del Ministerio de Obras y Servicios Públicos ejecute la Obra REPARACIÓN INTEGRAL EDIFICIO MUNICIPAL.

Que el inmueble donde se encuentra emplazado el edificio municipal es propiedad 100% de la Municipalidad de Caleufú.

Que la obra de reparación será financiada por el Gobierno de la Provincia de La Pampa y ejecutada a través del Ministerio de Obras y Servicios Públicos.


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


ARTÍCULO 1: Autorízase al Gobierno de la Provincia de La Pampa para que, a través de su Ministerio de Obras y Servicios Públicos, ejecute la obra de Reparación Integral Edificio Municipal de Caleufú (La Pampa) que se encuentra emplazado en el inmueble Parcela 1; Manzana 029; Radio C; Ejido 083; Circ I; Partida 725803; propiedad 100% de la Municipalidad de Caleufú.

ARTÍCULO 2: Deróguese la Ordenanza N° 11/2014.

ARTÍCULO 3: Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, dese al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido, archívese.



ORDENANZA N° 45/2015





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