RESOLUCIÓN 04 / 2018 - Solicita Informes Sobre Planta de Procesamiento de Carnes

 



Caleufu (LP) 19 de Abril de 2018 


VISTO: 

La Ordenanza N° 51/2015, autorizando al Departamento Ejecutivo a realizar la cesión de la Planta de Elaboración y Procesamiento de carne de Diferentes Especies y Otros, al grupo de productores de Caleufu, y 


CONSIDERANDO: 

Que la planta de Elaboración y Procesamiento de carnes diferentes es propiedad de la Municipalidad de Calenfu. 

Que la misma ha sido cedida en comodato al Grupo Asociativo “Porcicultores de Caleufu”. 

Que ya vencieron los plazos fijados para su funcionamiento.

Que es facultad del Concejo Deliberante.


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
RESUELVE


Articulo 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo Informe:

1. Motivos del incumplimiento de la apertura de la planta de elaboración y procesamiento de carnes diferentes y otras.
2. Estado actual de la planta,
3. Si se están realizando trabajos actualmente.


Articulo 2°: Pase ál Departamento Ejecutivo para su conocimiento. 


Articido 3°: Pase a Secretaria, Transcribase en el Libro de Ordenanzas y Resoluciones, Cumplido esto Archívese.


RESOLUCIÓN N° 04/2018






Ver Más...

ORDENANZA 07 / 2018 - Aprueba Balance Octubre 2017

 



Caleufu (LP) 19 de abril de 2018 


VISTO: 

El Balance del mes de Octubre de 2017, elevado por el Departamento Ejecutivo para su posterior estudio y verificación, y 

CONSIDERANDO: 

Que de acuerdo al estudio y verificación, los resultados se consideran correctos. 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Apruébese el Balance del mes de Octubre de 2017, elevado por el Departamento Ejecutivo.

Artículo 2°: Elévese copia de Ordenanza al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y de forma.

Artículo 3°: Pase a Secretaria, transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido esto archívese.


ORDENANZA N° 07/2018





Ver Más...

ORDENANZA 06 / 2018 - Eleva Listado Solicitudes de Becas Educativas

 



Caleufu (LP) 19 de Abril de 2018 


VISTO: 

El listado de Solicitudes de Becas Estudiantiles de Nivel Secundario, Terciario y Universitario, elevado por el Departamento Ejecutivo para:el año 2018, y 


CONSIDERANDO: 

Que ha sido evaluado por este Cuerpo Deliberativo.

Que de acuerdo a la Ley N° 967 los beneficiarios cumplen con los requisitos exigidos. .

Que la Coordinación General de Programas de Becas Nacionales y Provinciales y Créditos Educativos, dependiente del Ministerio de cultura y Educación del Gobierno de La Pampa requiere el aval de este Concejo Deliberante.


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Elevar el Listado de Solicitudes de Becas de la localidad de Caleufu para el año 2018 que forma parte ,como anexo 1, de la presente Ordenanza, al Departamento Ejecutivo Municipal. :

Artículo 2°: Elévese copia de la presente Ordenanza al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y de formia.

Artículo 3°: Pase a Secretaria, transcribase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido esto, archívese.



ORDENANZA N° 06/2018





Ver Más...

ORDENANZA 05 / 2018 - Préstamo Ley Provincial N° 2870

 




Caleufu (LP) 5 de Abril de 2018


VISTO: 

La solicitud, elevada por el Presidente del Consejo Productivo local, de otorgamiento y aprobación de un préstamo en condiciones de Fomento de la Ley Provintial N° 2870, y;


CONSIDERANDO: 

Que las disposiciones contenidas en los Artículos 23;6,25 y concordantes de la Ley N° 2870 de Promoción Económica; así como la creación del Fondo Provincial para la Promoción Económica y el respectivo programa de otorgamiento de Préstamos en condiciones de fomento previsto por la normativa citada,

Que el Departamento Ejecutivo Municipal de la localidad de Galeufu, Provincia de La Pampa debe expedirse sobre la factibilidad del préstamo solicitado por la Señora Susana Felisa TOLOSA, en las cotidiciones de Fomento previstas en la Ley;

Que resulta necesario cumplir con los actos administrativos correspondientes para el otorgamiento del Préstamo en el marco y facultades de las leyes vigentes; 

Que se han cumplimentado los requisitos establecidos en la Ley N° 2870 y su reglamentación, como asimismo a las disposiciones pertinentes a la intervención, evaluación y control por parte de las oficinas técnicas:competentes de la jurisdicción, con la respectiva intervención del CONSEJO PRODUCTIVO LOCAL quien mediante Acta N° 11 de fecha 21 de Febrero de 2018 se ha expedido favorablemente al otorgamiento del préstámo;

Que por tal motivo corresponde dictar la Ordenanza pertinente, a fin de aprobar el otorgamiento del préstamo solicitado;


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Articulo N° 1: Aprobar el otorgamiento de un crédito pesos DOSCIENTOS MIL CON 00/100 ($200:000,00) a la Señora Susana Felisa TOLOSA, DNI. 18.631.455, CUIT CUIL 27-18.631.455-2 domiciliada en Belgrano N° 144 de la nlocalidad de Caleufu Provincia de La Pampa , enlos términos de la Ley Provincial N° 2870 de Promoción Económica y su reglamentación, destinado a la ampliación del negoció con el que cuenta desde el año 2014 en la localidad, “Despensa La.Estación”, venta al por menor de productos de almacén, fiambre, Frutas, Verduras, entre otros.

Articulo N° 2: El Contrato de Préstamo se formulará de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 2870, su reglamentación y lo dispuesto en la presente Ordenanza. 

Articulo N° 3: Al Crédito acordado se le aplicará una tasa de interés variable y surgirá de bonificar el sesenta y cinco por ciento (%65) de la tasa encuesta del plazo fijo 60 o más días de publicada por B.C.R.A de formá mensual. El Porcentaje de bonificación de la tasa de interés no podrá representar más de doce (12) puntos porténtuales de la tasa base, como también, la tasa de interés minima a pagar por el beneficiario no podrá ser inferior al seis por ciento (%6).


Articulo N° 4: El Préstamo otorgado será reintegrado en treinta y seis (36) cuotas mensuales consecutivas, en el plazo de 3 años, sin período de gracia.


Articulo N° 5: El recupero del préstamo otorgado se garantiza al Gobierno de la Provincia de La Pampa con los fondos correspondientes a la coparticipación que corresponda al Municipio.


Articulo N° 6: Las imputationes correspondientes al presente préstamo serán realizadas por el Departamento Ejecutivo Municipal, en las partidas presupuestarias creadas al efecto.


Articulo N° 7: Comuníquese, regístrese en la Carpeta de Ordenanzas del Concejo Deliberante y pase al Departamento Ejecutivo Municipal para los demás efectos.



ORDENANZA N° 05/2018





Ver Más...

ORDENANZA 04 / 2018 - Préstamo Ley Provincial N° 2870

 




Caleufu (LP) 5 de Abril de 2018 


VISTO: 

La solicitud, elevada por el Presidente del Consejo Productivo local, de otorgamiento y aprobación de un préstamo en condiciones de Fomento de la Ley Provintial N° 2870, y; 


CONSIDERANDO: 

Que las disposiciones contenidas en los Artículos 23;6,25 y concordantes de la Ley N° 2870 de Promoción Económica; así como la creación del Fondo Provincial para la Promoción Económica y el respectivo programa de otorgamiento de Préstamos en condiciones de fomento previsto por la normativa citada,

Que el Departámento Ejecutivo Municipal de la localidad de Caleufu, Provincia de La Pampa debe expedirse sobre la factibilidad del préstamo solicitado por la Señora Alejandra Marina LOVERA, en las conditiones de Fomento previstas en la Ley; 

Que resulta necesario cumplir con los actos administrativos correspondientes para el otorgamiento del Préstamo en el marco y facultades de las leyes vigentes; 

Que se han cumplimentado los requisitos establecidos en la Ley N° 2870 y su reglamentación, como asimismo a las disposiciones pertinentes a la intervención, evaluación y control por parte de las oficinas técnicas:competentes de la jurisdicción, con la respectiva intervención del CONSEJO PRODUCTIVO LOCAL quien mediante Acta N° 11 de fecha 21 de Febrero de 2018 se ha expedido favorablemente al otorgamiento del préstámo;

Que por tal motivo corresponde dictar la Ordenanza pertinente, a fin de aprobar el otorgamiento del préstamo solicitado;


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Articulo N° 1: Aprobar el otorgamierto de un crédito de PESOS DOSCIENTOS MIL CON 00/100 ($200.000,00) a la Señora Alejandra Marina LOVERA, DNI 24.248.786, CUIT —CUIL 27-24.248.786-4 domiciliada en Alsina N° 727 de la localidad de Caleufu Provincia de La Pámpa en los términos de la Ley Provincial N° 2870 de Promoción Económica y su reglamentación, destinado a financiar el Proyecto productivo a desarrollarse en nuestra Localidad — Venta de Repuestos en general y atención al Agro a realizar en calle Sarmiento y Arturo Illia — el cual tiene proyección local y regional.

Articulo N° 2: El Contrato de Préstamo se formulará de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 2870, su reglamentación y lo dispuesto en la presente Ordenanza.

Articulo N° 3: Al Crédito acordado se le aplicará una tasa de interés variable y surgirá de bonificar el sesenta y cinco por ciento (%65) de la tasa encuesta del plazo fijo 60 o más días de publicada por B.C.R.A de formá mensual. El Porcentaje de bonificación de la tasa de interés no podrá representar más de doce (12) puntos porténtuales de la tasa base, como también, la tasa de interés minima a pagar por el beneficiario no podrá ser inferior al seis por ciento (%6).

Articulo N° 4: El Préstamo otorgado será reintegrado en treinta y seis (36) cuotas mensuales consecutivas, en el plazo de 3 años, sin período de gracia.

Articulo N° 5: El recupero del préstamo otorgado se garantiza al Gobierno de la Provincia de La Pampa con los fondos correspondientes a la coparticipación que corresponda al Municipio.

Articulo N° 6: Las imputationes correspondientes al presente préstamo serán realizadas por el Departamento Ejecutivo Municipal, en las partidas presupuestarias creadas al efecto.

Articulo N° 7: Comuníquese, regístrese en la Carpeta de Ordenanzas del Concejo Deliberante y pase al Departamento Ejecutivo Municipal para los demás efectos.


ORDENANZA N° 04/2018




Ver Más...

ORDENANZA 03 / 2018 - Aprueba Ordenanza Tarifaria 2018

 




Caleufu (L.P.)  5 de Abril de 2018 


VISTO: 

La necesidad de establecer el Cálculo de Recursós y Presupuestos de Gastos del Municipio para el ejercicio 2018; y 


CONSIDERANDO: 

Que resulta necesario dotar a la Manicipalidad del instrumento legal que posibilite un eficaz desenvolvimiento administrativo contable:

Que de acuerdo al Artículo N° 37 de:la Ley N° 1587 la sanción del citado instrumento corresponde al Concejo Deliberarite; 

Que este Concejo ha análizádo detenidamente su contenido compartiendo totalmente el mismo con la propuesta realizada por el Poder Ejecutivo; 

Que de acuerdo a la Ley 2899 corresponde al Concejo Deliberante fijar anualmente los parámetros en el uso de los ingresos provenientes de las: sumas coparticipadas por las regalías hidrocarburíferas; 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU 
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Articulo 1°: Apruébase en todos sus términos la Ordenanza Tarifaria 2018 que se adjunta a la presente. 

Artículo 2°: Estimese los recursos y fijanse las erogaciones de la Municipalidad de Caleufu para el ejercicio 2018, en la suma de PESOS CINCUENTA Y UN MILLONES SETENTA Y UN MIL CIENTO VEINTICINCO ($51.071, 125,00) de ácuerdo al detalle qué se indica en los ANEXOS 1, 2 Y 3 que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 3°: Fijese en cuarenta y Siete (47) el número de cargos de la Planta de Personal Permanente y siete (7) el número de cargos del Concejo Deliberante, según detalle de los ANEXOS 4° y 5° que forman parte integrante de la Presente Ordenanza. 

Artículo 4°: Aprobar la libre disponibilidad (%100) en el uso de los fondos a ser recibidos por este Municipio por la Coparticipación de las Regalías Hidrocarburíferás para el Ejercicio 2018.

Artículo 5°: Facultase al Departamento Ejetútivo a solicitar anticipos de coparticipación cuando lo crea necesario ante el poder Ejecutivo Provincial.

Artículo 6°: En ningún caso podrán comprometerse gastos sino hasta el monto total de los recursos efectivamente realizados.

Artículo 7°: Elévese copia al Poder Ejecutivo Provincial por intermedio de la Secretaria de Asuntos Municipales.

Artículo 8°: Pase al Departamento Ejecutivo pará su promulgación, comuniquese, publíquese y archívese.



ORDENANZA 03/2018






Ver Más...