ORDENANZA 03 / 2018 - Aprueba Ordenanza Tarifaria 2018

 




Caleufu (L.P.)  5 de Abril de 2018 


VISTO: 

La necesidad de establecer el Cálculo de Recursós y Presupuestos de Gastos del Municipio para el ejercicio 2018; y 


CONSIDERANDO: 

Que resulta necesario dotar a la Manicipalidad del instrumento legal que posibilite un eficaz desenvolvimiento administrativo contable:

Que de acuerdo al Artículo N° 37 de:la Ley N° 1587 la sanción del citado instrumento corresponde al Concejo Deliberarite; 

Que este Concejo ha análizádo detenidamente su contenido compartiendo totalmente el mismo con la propuesta realizada por el Poder Ejecutivo; 

Que de acuerdo a la Ley 2899 corresponde al Concejo Deliberante fijar anualmente los parámetros en el uso de los ingresos provenientes de las: sumas coparticipadas por las regalías hidrocarburíferas; 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU 
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Articulo 1°: Apruébase en todos sus términos la Ordenanza Tarifaria 2018 que se adjunta a la presente. 

Artículo 2°: Estimese los recursos y fijanse las erogaciones de la Municipalidad de Caleufu para el ejercicio 2018, en la suma de PESOS CINCUENTA Y UN MILLONES SETENTA Y UN MIL CIENTO VEINTICINCO ($51.071, 125,00) de ácuerdo al detalle qué se indica en los ANEXOS 1, 2 Y 3 que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 3°: Fijese en cuarenta y Siete (47) el número de cargos de la Planta de Personal Permanente y siete (7) el número de cargos del Concejo Deliberante, según detalle de los ANEXOS 4° y 5° que forman parte integrante de la Presente Ordenanza. 

Artículo 4°: Aprobar la libre disponibilidad (%100) en el uso de los fondos a ser recibidos por este Municipio por la Coparticipación de las Regalías Hidrocarburíferás para el Ejercicio 2018.

Artículo 5°: Facultase al Departamento Ejetútivo a solicitar anticipos de coparticipación cuando lo crea necesario ante el poder Ejecutivo Provincial.

Artículo 6°: En ningún caso podrán comprometerse gastos sino hasta el monto total de los recursos efectivamente realizados.

Artículo 7°: Elévese copia al Poder Ejecutivo Provincial por intermedio de la Secretaria de Asuntos Municipales.

Artículo 8°: Pase al Departamento Ejecutivo pará su promulgación, comuniquese, publíquese y archívese.



ORDENANZA 03/2018






ORDENANZAS / RESOLUCIONES QUE TAMBIÉN TE PUEDEN INTERESAR