Caleufu (L.P.) 5 de Abril de 2018
VISTO:
La necesidad de establecer el Cálculo de Recursós y Presupuestos de Gastos del Municipio para el ejercicio 2018; y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario dotar a la Manicipalidad del instrumento legal que posibilite un eficaz desenvolvimiento administrativo contable:
Que de acuerdo al Artículo N° 37 de:la Ley N° 1587 la sanción del citado instrumento corresponde al Concejo Deliberarite;
Que este Concejo ha análizádo detenidamente su contenido compartiendo totalmente el mismo con la propuesta realizada por el Poder Ejecutivo;
Que de acuerdo a la Ley 2899 corresponde al Concejo Deliberante fijar anualmente los parámetros en el uso de los ingresos provenientes de las: sumas coparticipadas por las regalías hidrocarburíferas;
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Articulo 1°: Apruébase en todos sus términos la Ordenanza Tarifaria 2018 que se adjunta a la presente.
Artículo 2°: Estimese los recursos y fijanse las erogaciones de la Municipalidad de Caleufu para el ejercicio 2018, en la suma de PESOS CINCUENTA Y UN MILLONES SETENTA Y UN MIL CIENTO VEINTICINCO ($51.071, 125,00) de ácuerdo al detalle qué se indica en los ANEXOS 1, 2 Y 3 que forman parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 3°: Fijese en cuarenta y Siete (47) el número de cargos de la Planta de Personal Permanente y siete (7) el número de cargos del Concejo Deliberante, según detalle de los ANEXOS 4° y 5° que forman parte integrante de la Presente Ordenanza.
Artículo 4°: Aprobar la libre disponibilidad (%100) en el uso de los fondos a ser recibidos por este Municipio por la Coparticipación de las Regalías Hidrocarburíferás para el Ejercicio 2018.
Artículo 5°: Facultase al Departamento Ejetútivo a solicitar anticipos de coparticipación cuando lo crea necesario ante el poder Ejecutivo Provincial.
Artículo 6°: En ningún caso podrán comprometerse gastos sino hasta el monto total de los recursos efectivamente realizados.
Artículo 7°: Elévese copia al Poder Ejecutivo Provincial por intermedio de la Secretaria de Asuntos Municipales.
Artículo 8°: Pase al Departamento Ejecutivo pará su promulgación, comuniquese, publíquese y archívese.
ORDENANZA 03/2018