Caleufu (LP) 29 de Noviembre de 2018
VISTO:
La Ley 2870 y el Acta N° 12 de fecha 06 de Abril de 2018 elevada por el Consejo Productivo de la localidad de Caleufu, y
CONSIDERANDO:
Las disposiciones contenidas en los Artículos N° 6, 25 y 26 y concordantes de la Ley 2870 de Promoción Económica, así como la creación del Fondo Provincial para la Promoción Económica y el respectivo Programa de otorgamiento de Préstamos en condiciones de fomento, previstos en las normas citadas,
Que el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Caleufu (LP) debe expedirse sobre la baja del préstamo aprobado y no otorgado a la Srta. María Antonela MOLINARI, DNI 32.993.756,
Que el no otorgamiento del préstamo se debe a la decisión conformada por el Consejo Productivo local en base al desistimiento informado por el solicitante dejando constancia en Acta N° 15,
Que los fondos concedidos por la Provincia equivalen a PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA MIL ($350.000,09) y el Municipio debe restituir inmediatamente los mismos,
Que resulta necesario cumplir con los actos administrativos correspondientes para la baja del préstamo en el marco y facultades de las leyes vigentes,
Que por el motivo corresponde dictar la pertinente Ordenanza, a fin de dar de Baja el Otorgamiento del Crédito y devolver a la Provincia de La Pampa los fondos otorgados.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Artículo 1°: Dejar sin efecto la Ordenanza N° 17/2018 con el fin de hacer efectiva la devolución de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA MIL ($350.000,00) otorgados en carácter de préstamo en condiciones de fomento a la Srta. MOLINARI MARIA ANTONELA domiciliada en calle Sarmiento N° 64 de esta localidad , en los términos de la Ley Provincial N° 2870, de Promoción Económica y su reglamento, destinado a financiar el Proyecto Productivo a Desarrollarse en nuestra localidad “CLINICA DE PEQUEÑOS Y GRANDES ANILMALES”.
Artículo 2°: Devolver los fondos en la forma y modo pactado por el Municipio y la Provincia.
Artículo 3°: Pase al Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Caleufu para su Promulgación y Aprobado Transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, Cumplido esto Archívese.
ORDENANZA N° 52/2018