Caleufu (LP) 29 de Noviembre de 2018
VISTO:
Que se está ejecutando la Obra de Asfalto y,
CONSIDERANDO:
Que se requieren insumos a utilizar para la ejecución de dicha Obra,
Que La Ordenanza N° 12/2016 establece los montos para las Contrataciones de Suministros,
Que el Poder Ejecutivo se contactó con diferentes Proveedores y recibió dos presupuestos a tener en cuenta,
Que le corresponde a este Concejo Deliberante autorizar la contratación directa que supere lo autorizado según Ordenanza N° 12/2016,
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Artículo 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a adquirir por el Sistema de Compra Directa a la EMPRESA PRODUCTOS ASFALTICOS SA, un equipo de Emulsión Catiónica Superestable a un precio final por tonelada de $535.710,00 [TREINTA Y CINCO MIL SETECIENTOS DIEZ).
Artículo 2°: Pase al Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Caleufu para su Promulgación y Aprobación.
Artículo 3°: Pase a Secretaria, Cumplido, Archívese.
ORDENANZA N° 51/2018