ORDENANZA 12 / 2020 - Aprueba Balance Enero 2020

 



Caleufu (LP) 21 de Mayo de 2020 


VISTO: 

El Balance del mes de Enero de 2020 elevado por el Departamento Ejecutivo para su
posterior estudio y verificación, y 


CONSIDERANDO: 

Que de acuerdo al estudio y verificación, los resultados se consideran correctos.


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Apruébese el Balance del mes de Enero de 2020, elevado por el Departamento Ejecutivo.

Artículo 2°: Elévese copia de Ordenanza al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y de forma.

Artículo 3°: Pase a Secretaria, transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido esto archívese.



ORDENANZA N° 12/2020





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ORDENANZA 11 / 2020 - Aprueba Ordenanza Tarifaria 2020

 





Caleufu (LP) 21 mayo de 2020 


VISTO: 

La necesidad de establecer el Cálculo de Recursos, Presupuestos de Gastos y Ordenanza Tarifaria del Municipio para el ejercicio 2020; y, 


CONSIDERANDO: 

Que resulta necesario dotar a la Municipalidad del Instrumento legal que posibilite un eficaz desenvolvimiento administrativo contable,

Que de acuerdo al Artículo n° 37 de la Ley N” 1597, la sanción del citado instrumento corresponde al Concejo Deliberante,

Que de acuerdo a la Ley n° 2899 corresponde al Concejo Deliberante fijar anualmente los paramentos en el uso de los ingresos provenientes de las sumas coparticipables por las Regalías Hidrocarburiferas,

Que este Concejo ha analizado detenidamente su contenido compartiendo totalmente el mismo con la propuesta realizada por el Poder Ejecutivo,


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Apruébese en todos sus términos la Ordenanza Tarifaria para el año 2020 que se adjuntan a la presente.

Artículo 2°: Estímese los recursos y fijase las erogaciones de la Municipalidad de Caleufu para el Ejercicio 2020 en la suma de Pesos: CIEN MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO ($100.488.534.00) de acuerdo al detalle que se indica en los Anexos 1°, 2° y 3° que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 3°: Fíjese en cuarenta y nueve (49), el número de cargos de la planta de personal permanente y siete (7) el número de cargos del Concejo Deliberante y apruébese la nómina de personal, todo según detalle de los Anexos 4° y 5°que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 4°: Apruébese la libre disponibilidad (100%) en el uso de los fondos a ser recibidos por este Municipio por la coparticipación de Regalías Hidrocarburiferas para el Ejercicio 2020.

Artículo 5°: Facúltese al Departamento Ejecutivo a solicitar anticipos de coparticipación cuando lo crea necesario ante el Poder Ejecutivo Provincial.

Artículo 6°: En ningún caso podrán comprometerse gastos sino hasta el monto total de los recursos efectivamente realizados.

Artículo 7°: Elévese copia al Poder Ejecutivo Provincial, por intermedio de la Secretaria de Asuntos Municipales.

Artículo 8°: Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, Comuníquese, Publíquese y Archívese.



ORDENANZA N° 11/2020





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ORDENANZA 10 / 2020 - Adhiere a Ley Provincial 3222/20

 



Caleufú (LP), 07 de Mayo de 2020 


VISTO: 

La Ley N° 3222 de la Provincia de La Pampa sancionada con fecha 23/4/2020, y


CONSIDERANDO: 

- Que la misma incorpora la modificatoria del Artículo 16 bis de la Ley N° 1065, que autoriza a acordar con los Municipios y Comisiones de Fomento los anticipos a cuenta de su participación en la masa de fondos a distribución,

- Que debido al estado de Máxima Alerta Sanitaria declarada por decreto N° 521/20 la misma en su artículo 2° establece que en caso de exceder los plazos establecidos exceptúa la aplicación de los intereses correspondientes a las fechas de sus desembolsos y la de su efectiva cancelación.

- Que la Municipalidad de Caleufu necesita adherirse a la misma mediante Ordenanza Municipal

- Que es facultad del Concejo Deliberante según establece la Ley N°1597, de Municipalidades y Comisiones de Fomento.


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

Artículo 1°: Adherir en todas sus formas a la Ley Provincial N° 3222 sancionada con fecha 23/4/2020, la cual incorpora el Artículo 16 bis de la Ley Provincial N° 1065 y sus modificatorias.

Artículo 2°: Integrar como Anexo 1° de la presente Ordenanza copia de Ley Provincial N° 3222.

Artículo 3°: Elévese copia al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y promulgación, transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, Archívese.


ORDENANZA N° 10/2020




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ORDENANZA 09 / 2020 - Aprueba Balance Diciembre 2019

 




Caleufu (LP) 7 de Mayo de 2020 


VISTO: 

El Balance del mes de Diciembre de 2019 elevado por el Departamento Ejecutivo para su posterior estudio y verificación, y 


CONSIDERANDO: 

Que de acuerdo al estudio y verificación, los resultados se consideran correctos.


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Apruébese el Balance del mes de Diciembre de 2019, elevado por el Departamento Ejecutivo.

Artículo 2°: Elévese copia de Ordenanza al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y de forma.

Artículo 3°: Pase a Secretaria, transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido esto archívese.


ORDENANZA N° 09/2020





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ORDENANZA 08 / 2020 - Aprueba Cuenta de Inversión 2019

 




Caleufu (LP) 7 de Mayo de 2020 


VISTO: 

La elevación de parte del Departamento Ejecutivo de la Cuenta de Inversión correspondiente al Ejercicio 2019; y 

CONSIDERANDO: 

- Que la misma se realiza en tiempo y forma de acuerdo a la normativa vigente ;

- Que se entiende asimismo que la Cuenta de Inversión es un complemento de los Balances mensuales que periódicamente el Poder Ejecutivo póne a consideración de este Cuerpo Deliberativo para su tratamiento , la cual refleja el destino, o sea gastos e inversiones realizadas , que se le han dado a los recursos Municipales percibidos en el transcurso del ejercicio , como también los indicadores económicos y financieros de la gestión Municipal;

- Que de acuerdo al análisis realizado por este Concejo Deliberante se estima oportuno aprobar en todos sus términos la Cuenta de Inversión del Ejercicio 2019;

- Que la presente es dictada dentro de las facultades y competencias que el artículo 39 de la Ley Provincial 1597 de Municipalidades y Comisiones de Fomento Otorga a este Cuerpo Deliberativo Municipal;


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Apruébese en todos sus términos la Cuenta de Inversión correspondiente al ejercicio 2019, la cual se adjuntan a la presente.

Artículo 2°: Notifíquese con copia al Departamento Ejecutivo, pase al libro de registro de Ordenanzas, Publíquese, Cumplido Archívese.



ORDENANZA N° 08/2020




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