Caleufu (LP) 18 de Diciembre del 2020
VISTO:
La solicitud de contratación directa elevada por el Poder Ejecutivo, y
CONSIDERANDO:
Que según lo manifestado por el Poder Ejecutivo con fecha 09 de Noviembre de 2020 se recibió nota de diferentes productores dirigida al Intendente Municipal solicitándole realice las gestiones pertinentes para la apertura y posterior mantenimiento de la calle Barriales (10 Km) a partir de la intersección de la Ruta N° 9 que une las localidades de Caleufu y Conhelo,
Que con fecha 19 de Noviembre el intendente Municipal eleva la inquietud recepcionada de los productores para que sea considerada por el presidente de Vialidad Provincial Ing. Rodrigo Miguel Cadenas,
Que con posterioridad las autoridades de Vialidad Provincial comunican que accederán a lo solicitado a través de un aporte adicional de pesos un millón cien mil ($1.100.000,00) para ser destinado a tal fin quedando la contratación de los trabajos en la órbita de la Municipalidad y completando el saldo con aportes municipales,
Que el Poder Ejecutivo solicita presupuesto para la realización de los trabajos al Señor ULISES BECERRA MACALI, CUIT 20-39384586-5 por un importe de PESOS SESENTA MIL (60.000,00) LA HECTAREA,
Que es facultad de este Cuerpo Deliberativo el dictado de la presente,
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Articulo 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a Contratar en forma directa al Señor ULISES BECERRA MACALL CUIT 20-19284586-5 los trabajos de apertura de calle cerrada y ensanche de olmos en caminos vecinales, calle Barriales a partir de la intersección de la Ruta N° 9 que une las localidades de Caleufú y Conhelo, por un precio de PESOS SESENTA MIL (660.000,00) por Hectárea, siendo un total de 24 Hectáreas, de acuerdo a presupuesto adjunto,
Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento de la presente será afectada a la partida presupuestaria vigente.
Artículo 3°: Elévese copia de la presente al Departamento Ejecutivo Municipal para su conocimiento y Promulgación.
Artículo 4°: Pase a Secretaria, Cumplido Archívese.
ORDENANZA N° 42/2020