ORDENANZA 20 / 2021 - Aprueba Balance Enero 2021

 




Caleufu (LP) 17 de Junio del 2021 


VISTO: 

El Balance del mes de Enero del 2021 elevado por el Departamento Ejecutivo para su posterior estudio y verificación, y 


CONSIDERANDO: 

Que de acuerdo al estudio y verificación, los resultados se consideran correctos.


POR ELLO: 

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Apruébese el Balance del mes de Enero del 2021, elevado por el Departamento Ejecutivo.

Artículo 2°: Elévese copia de Ordenanza al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y de forma.

Artículo 3°: Pase a Secretaria, transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido esto
archívese.



ORDENANZA N° 20/2021 




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ORDENANZA 19 / 2021 - Deja Sin Efecto la Ordenanza N° 35-2020

 




Caleufu (LP) 17 de Junio del 2021 


VISTO: 

La Ordenanza N° 35/2020 y; 


CONSIDERANDO: 

- Que el Señor Carlos Javier PERALTA presento una nota con fecha 02 de Junio de 2021 RECHAZANDO el préstamo que fue aprobado por el Consejo Consultivo local el día 07 de Octubre del 2020.

- Que el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Caleufu (Lp), debe expedirse sobre la baja del préstamo aprobado y no otorgado al Señor Carlos Javier PERALTA.

- Que el no otorgamiento del préstamo se debe al desistimiento por razones personales del beneficiario.

- Que resulta necesario cumplir con los actos administrativos correspondientes para la baja del préstamo en el marco y facultades de las leyes vigentes.

- Que por el motivo corresponde dictar la pertinente ordenanza, a fin de dar de baja el otorgamiento del crédito,


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Articulo 1°: Dejar sin efecto la Ordenanza N° 35/2020.

Articulo 2°: Pase al Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Caleufu para su promulgación y aprobado transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, Cumplido esto Archívese.



ORDENANZA N° 19/2021



 

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ORDENANZA 18 / 2021 - Declara de Interés Municipal y Patrimonio Histórico el Embarcadero y Reserva de Caldenes en Terrenos del Ferrocarril

 





Caleufu (LP), 03 de Junio del 2021  


VISTO: 

Las facultades otorgadas por la Ley Provincial N° 1597 “Orgánica de Municipalidades y Comisiones
de Fomento”, y 


CONSIDERANDO: 

- Que el viejo Embarcadero, que se encuentra en el predio del Ferrocarril, vinculaba la actividad económica más relevante de nuestra zona, la ganadería con el transporte ferroviario que permitía su traslado hacia los mercados concentradores,

- Que la llegada del ferrocarril a esta región implico un hecho histórico , el nacimiento de varios pueblos , entre ellos Caleufu,

- Que se trata de un lugar reconocido por la comunidad y representa todo un símbolo del desarrollo de aquellos años,

- Que es necesario tomar acciones que correspondan para su conservación,

- Que en el predio del ferrocarril donde se encuentra el Embarcadero también hay una pequeña reserva de Caldenes,

- Queen la mencionada reserva se realizaron trabajos significativos de mejora y mantenimiento del espacio , como mesas e iluminación,

- Que se proyecta la creación de un Parque Temático sobre los Pueblos Originarios Ranqueles,


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Articulo 1°: Declarar de Interés Municipal el predio del Embarcadero y la pequeña Reserva de Caldenes ubicado en calle Irigoyen entre Belgrano y Moreno,

Articulo 2°: Declarar como Patrimonio Histórico Municipal al viejo Embarcadero de la Estación del ferrocarril de nuestro pueblo, ubicado sobre la calle Irigoyen.

Articulo 3°: Se realizara un relevamiento fotográfico del predio , instalaciones del embarcadero y reserva de Caldenes, a efecto de documentar el estado actual, estado que deberá ser protegido, preservado y conservado.

Articulo 4°: Se solicitara a la Dirección de Recursos Naturales de la Provincia de La Pampa, para que 
realice a través del Área que corresponda, un relevamiento de la Reserva de Caldenes y emita un informe sobre su estado.

Articulo 5°: Queda expresamente prohibido, respecto de los árboles que se encuentran en la Reserva:

a) La Extracción, Tala o Poda.
b) Dañarlas en forma total o parcial, ya sea mediante heridas mecánicas, quemaduras, fijación de elementos extraños, utilización de sustancias químicas o Fito toxicas, utilización de barniz o pinturas, etc.

Articulo 6°: Inclúyase en el Registro de Arboles Protegidos creado por Ordenanza N° 17/2020, Art 2
Inc. f.

Artículo 7°: Para realizar cualquier tipo de intervención sobre ejemplares de la Reserva, se requerirá autorización específica por Ordenanza, previo Dictamen de Profesional u Organismo técnico competente en la materia, que certifique que el Árbol se encuentra íntegramente seco o que la intervención sea indispensable para su propia protección o para garantizar la seguridad de las personas.

Artículo 8°: El Departamento Ejecutivo se compromete a continuar los trabajos de mantenimiento y mejoramiento del predio mencionado.

Artículo 9°: Pase al Poder Ejecutivo de la Municipalidad de Caleufu para su promulgación y aprobado transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, Cumplido esto Archívese.



ORDENANZA N° 18/2021




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ORDENANZA 17 / 2021 - Adhiere a Ley Provincial 2083

 




Caleufu (LP), 03 de Junio del 2021 


VISTO: 

La Ley N° 2083 de la Provincia de La Pampa declara de interés Público Provincial la conservación del Patrimonio Cultural, y 


CONSIDERANDO: 

- Que la misma es en el marco legal para la preservación, protección, conservación y promoción del patrimonio cultural de la Provincia de La Pampa,

- Que el Articulo N° 29 invita a las Municipalidades a adherirse a las disposiciones de la Ley,

- Que es facultad del Concejo Deliberante según establece la Ley N° 1597,


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Articulo 1°: La Municipalidad de Caleufu adhiere en todos sus términos a la Ley N° 2083 de la Provincia de La Pampa.

Artículo 2°: Pase al Poder Ejecutivo de la Municipalidad de Caleufu para su promulgación y aprobado transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, Cumplido esto Archívese.



ORDENANZA N° 17/2021




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ORDENANZA 16 / 2021 - Acepta Transferencia de Inmuebles del IPAV a Favor del Municipio

 



Caleufu (LP), 03 de Junio del 2021


VISTO: 

Que esta Municipalidad ha solicitado formalmente por nota la transferencia de los inmuebles propiedad del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda, designados catastralmente como: Ejido 083, Circ 1, Radio C, Manzana 0018, Parcela N° 08, Partida N° 768660 y Ejido 083, Circ 1, Radio C, Manzana 059B, Parcela N° 15, Partida N° 684607 y, 


CONSIDERANDO: 

- Que la ley N° 1464 autoriza al Instituto Provincial Autárquico de Vivienda a transferir inmuebles a título gratuito a Municipalidades o Comisiones de Fomento, para espacios verdes u otra finalidad de interés general;

- Que por Resolución N° 254/2021 del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda se transfiere a título gratuito a favor de esta Municipalidad los inmuebles mencionados;


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Articulo 1°: Aceptar la TRANSFERENCIA de los inmuebles propiedad del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda a favor de esta municipalidad, identificados catastralmente como: Ejido 083, Circ1, Radio C, Manzana 0018, Parcela N° 08, Partida N° 768660 y Ejido 083, Circ 1, Radio C, Manzana 059B, Parcela N° 15, Partida N° 684607.

Articulo 2°: Elevar copia al Instituto Provincial Autárquico de Vivienda.

Articulo 3°: Pase al Poder Ejecutivo de la Municipalidad de Caleufu para su promulgación y aprobado transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, Cumplido esto Archívese.



ORDENANZA N° 16/2021




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