ORDENANZA 28 / 2021 - Autoriza Creación Cuenta Presupuestaria Para Viviendas Sociales

 




Caleufu (LP) 13 de Agosto de 2021 


VISTO: 

La Ordenanza N° 14/2021; y 


CONSIDERANDO: 

- Que en la citada ordenanza se aprueba el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos correspondientes al ejercicio 2021, conforme al artículo 37 de la Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento N° 1597, 

- Que el Poder Ejecutivo ha manifestado la intención de comenzar a acopiar materiales de construcción destinados al “Plan Provincial de Viviendas Mi Casa” a desarrollarse el próximo año;

- Que tales inversiones serán financiadas con excedentes financieros que serán afectados por el Departamento Ejecutivo mediante reestructura presupuestarias conforme al Artículo 70 de la Ley Provincial 1597;

- Que a los fines de contabilizar adecuadamente dichas inversiones se hace necesario crear una nueva cuenta presupuestaria de egresos dentro del rubro trabajos Públicos;

- Que el dictado de la presente es facultad de este Concejo Deliberante ;


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Autorizase a crear dentro del Presupuesto de Gastos del presente ejercicio 2021, aprobado por Ordenanza 14/2021, en el rubro Trabajos Públicos con Recursos Afectados, la cuenta presupuestaria “Viviendas Sociales La Pampa 2022” , destinada al acopio de materiales de construcción para tal fin.

Articulo 2°: El Poder Ejecutivo realizara las adecuaciones contables presupuestarias al fin de cumplimentar lo autorizado en el artículo anterior.

Articulo 3°: Pase al Poder Ejecutivo de la Municipalidad de Caleufu para su promulgación y aprobado, transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, Cumplido, Archívese.



ORDENANZA N° 28/2021




Ver Más...

ORDENANZA 27 / 2021 - Fija Nuevos Límites al Éjido Urbano

 






Caleufu (LP) 13 de Agosto del 2021 


VISTO: 

La determinación del Ejido Urbano de Caleufú; y 


CONSIDERANDO: 

- Que a los fines de la correcta aplicación de las Ordenanzas vigentes y de las que en el futuro se dicten, debe determinarse claramente los límites del ejido urbano de Caleufú;

- Qué ha sido un reiterado reclamo de vecinos que se ven afectados en el cobro del Impuesto inmobiliario por residir fuera del ejido urbano determinado actualmente;

- Qué el constante crecimiento de la localidad requiere que se actualicen los nuevos Límites del ejido urbano;

- Que el mismo debe ser definido mediante Ordenanza Municipal;

- Que es facultad del Concejo Deliberante como lo establece el Artículo 36 inc. 16 de la Ley 1597 de Municipalidades y Comisiones de Fomento,


POR ELLO: 

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ 
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


ARTÍCULO 1°: Fijase los siguientes límites del Ejido Urbano de Caleufú: al NORTE, calle Pueyrredón desde calle Urquiza hasta calle Roque Sáenz Peña, desde Roque Sáenz Peña hacia calle “Camino Vecinal II” y desde "Camino Vecinal II” hasta eje de calle Irigoyen; al ESTE calle Urquiza desde eje de calle Pueyrredón hasta eje calle “Camino Vecinal I” extendiéndose entre calles Belgrano y Juan Domingo Perón 100 metros hacia el Este; al OESTE calle Irigoyen desde eje calle “Camino Vecinal I” hasta eje calle “Camino Vecinal II” extendiéndose entre las calles Belgrano y Juan Domingo Perón 100 metros hacia el Oeste; y al SUR calle “Camino Vecinal I” desde eje calle Urquiza hasta eje calle Irigoyen.

ARTÍCULO 2°: Apruébese el plano ”Anexo 1” de delimitación que forma parte de la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 3°: Comuníquese a la Dirección Provincial de Catastro de la Provincia de La Pampa y a la Dirección Provincial de Vialidad de la Provincia de La Pampa.

ARTÍCULO 4°: Pase al Poder Ejecutivo de la Municipalidad de Caleufu para su promulgación aprobado transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, Cumplido Archívese.



ORDENANZA N° 27/2021




Ver Más...

ORDENANZA 26 / 2021 - Aprueba Balance Mayo 2021

 




Caleufu (LP) 13 de Agosto del 2021 


VISTO: 

El Balance del mes de Mayo del 2021 elevado por el Departamento Ejecutivo para su posterior estudio y verificación, y 

CONSIDERANDO: 

Que de acuerdo al estudio y verificación, los resultados se consideran correctos. 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Apruébese el Balance del mes de Mayo del 2021, elevado por el Departamento Ejecutivo.

Artículo 2°: Elévese copia de Ordenanza al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y de forma.

Artículo 3°: Pase a Secretaria, transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido esto archívese.



ORDENANZA N° 26/2021




Ver Más...