


Calenfú, 27 de Octubre de 2021
VISTO:
El proyecto productivo presentado por la empresa TRES DE TRES SRL - CITRICOS PAMPA para desarrollarse en nuestra localidad; y
CONSIDERADO:
Que el citado proyecto se divide en dos áreas principales:
a) Producción y comercialización de árboles cítricos.
b) Producción y comercialización de sustratos enriquecedores (compost, tierra fértil, etc).
Para los efectos mencionados, el proyecto requiere la construcción de invernaderos para la cría y/o recría de árboles cítricos, así como también la construcción de naves para la cría de gallinas ponedoras. considerando que el deshecho, conocido como “Guano” resulta ser el componente principal para la producción de sustratos que funcionan como abono; siendo estos, compost y tierra fértil, explotación que la empresa también realiza en la actualidad. Adicionalmente se comercializarán huevos n° 1 y sub productos derivados.
La empresa procederá a la implantación de aproximadamente 150 árboles cítricos con el propósito de realizar visitas educativas y eventualmente comercializar la producción obtenida.
Que para ejecutar dicho proyecto, la empresa requiere de tres hectáreas con la posibilidad adicional de una hectárea más a utilizar.
Que la ejecución del presente proyecto productivo supone la creación de (4) cuatro puestos de trabajo registrados como mínimo y (20) veinte como máximo. Esto puede variar dependiendo de diversos factores: la escalabilidad que pueda alcanzar el emprendimiento de acuerdo al predio en el que estará emplazado y la disponibilidad de recursos humanos locales, debiendo resultar adecuados para las necesidades concernientes al emprendimiento. Asimismo la empresa asume el compromiso de capacitar a los perfiles seleccionados para dichas tareas.
Que a efectos de poder concretar el proyecto, el Municipio se encuentra en condiciones de ceder gratuitamente en comodatos el uso del inmueble denominado catastralmente, EJIDO 083, CIRC. 01, CHA 008, PAR. 001, donde actualmente se encuentra asentado el polo Productivo Local
Que la presente ordenanza es dictada conforme las facultades y competencias que la Ley 1594 otorga a éste Cuerpo Deliberativo;
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Artículo 1°: Aprobar el proyecto productivo presentado por TRES DE TRES SRL - CITRICOS PAMPA y su ejecución en predios de titularidad Municipal.
Artículo 2°: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a ceder gratuitamente y mediante comodato a la Empresa TRES DE TRES SRL - CITRICOS PAMPA el uso con facultades de explotación del inmueble denominado catastralmente EJIDO 083, CIRC. 01, CHA 008, PAR. 001, como de titularidad Municipal.
Articulo 3°: Obliguese a la empresa a tomar un mínimo de 4 empleados registrados dentro del primer año, personas de la localidad, los cuales serán capacitados por la empresa de acuerdo a las necesidades.
Artículo 4°: Aprobar el modelo de contrato de comodato que como Anexo 1 se adjunta a la presente. Autorizándose al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el mismo con la empresa cítricos Pampa
Artículo 5°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a invertir en el mencionado Proyecto, hasta la suma de $ 1.500.000,00, en el transcurso del presente ejercicio.
Artículo 6°: Regístrese, Notifíquese al Departamento Ejecutivo, cumplido ARCHIVESE -
ORDENANZA N° 41/2021
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