Caleufu (LP) 19 de Noviembre de 2021
VISTO:
Que la Ley N° 1597, Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento, dispone que el día 30 de noviembre finalicen las Sesiones Ordinarias de los Concejos Deliberantes, y
CONSIDERANDO:
- Que a este Cuerpo aún le quedan temas para tratar en las distintas comisiones, previéndose además la entrada de nuevos Asuntos que requieren tratamiento;
- Que diciembre es un mes de actividad normal en el ámbito Municipal;
- Que acorde a lo estipulado por el Articulo N° 14, Segundo párrafo de la Ley N° 1597, este Cuerpo Deliberante puede prorrogar el periodo Ordinaria de Sesiones,
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Artículo 1°: Prorrogase el Periodo Ordinario de Sesiones de este Concejo Deliberante hasta el día 16 de Diciembre de 2021.
Artículo 2°: Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Cumplido esto Archívese.
ORDENANZA N° 45/2021