ORDENANZA 03 / 2025 - Designa Secretario Administrativo Concejo Deliberante

 



Caleufú (LP) 3 de Enero del 2025 

VISTO: 

Que el Señor Silva Brunengo Emiliano, ceso en su cargo el pasado 30 de Diciembre del 2024; y 


CONSIDERANDO: 

Que se hace necesario contar con un Secretario Administrativo. 

Que cumplirá la función de atender al público, recepcionar los asuntos entrados, tendrá bajo su guarda y conservación los libros de Actas, de Ordenanzas y Resoluciones, la correspondencia y toda la Documentación del Concejo Deliberante de Caleufú. 

Que deberá asistir a todas las Sesiones y Reuniones del Concejo Deliberante, tomar nota y redactar el acta correspondiente. 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo N° 1: Designar como Secretario Administrativo del Concejo Deliberante de Caleufú al Sr Silva Brunengo Emiliano a partir del día 3 de Enero del 2025.

Artículo N° 2: Quedará bajo su guarda y conservación los libros, correspondencia y toda documentación del Concejo Deliberante, labrará las actas de las Sesiones, dejando constancia de todo lo tratado y resuelto en el libro habilitado a tal fin, y asumirá las responsabilidades que expresen el reglamento interno yla Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento.

Artículo N° 3: El Secretario Administrativo del Concejo Deliberante tendrá una retribución equivalente al 90% de la dieta del Concejal, sufrirá descuentos de ley y se le abonarán las Asignaciones Familiares que correspondan.

Artículo N° 4: El Secretario Administrativo cumplirá horario de atención de la Secretaria de Lunes a viernes de 8 a 11hs. Veintiséis horas antes de la hora fijada para la Sesión Ordinaria



ORDENANZA N° 3/2025





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ORDENANZA 02 / 2025 - Autoriza Firma de Convenio con el Poder Judicial

 




Caleufu (LP) 3 de Enero del 2025 


VISTO: 

El Expediente N° 24064/2013, caratulado: Superior Tribunal de Justicia de La Pampa s/Formalización de Convenios con las Municipalidades, y 


CONSIDERANDO: 

Que la misma autoriza al intendente de la Municipalidad de Caleufu a firmar un Convenio con el Poder Judicial para el Periodo 2025, 

Que los fondos son enviados por el Tribunal y será un importe mensual de $300.000,00 (pesos trescientos mil con 00/100 centavos) que incluye mano de obra e insumos de limpieza,

Que le corresponde a este Concejo Deliberante autorizar dicho Convenio, 

Que se adjunta formato de Convenio, 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Autorizase al Señor Intendente Municipal OSCAR ALEJANDRO BARAS, CUIT 20-12705152-7 con domicilio en calle San Martin N° 256 de Caleufu La Pampa, a firmar el convenio con el Poder Judicial, se anexa a la presente como Anexo 1° (modelo de convenio firmado por la Señora Presidenta y el Señor Secretario del cuerpo Deliberante).

Articulo 2°: Regístrese. Comuníquese. Archívese, elévese copia de la presente al Departamento Ejecutivo.


ORDENANZA N° 2/2025




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ORDENANZA 01 / 2025 - Aprueba Ordenanza Tarifaria 2025

 




Caleufu (LP) 3 de Enero del 2025 


VISTO: 

La necesidad de actualizar los valores de la ORDENANZA TARIFARIA vigente; y 


CONSIDERANDO: 

Que dicha Ordenanza Tarifaria Vigente se encuentra con la determinación de los valores que se fijaron para el Ejercicio Fiscal 2024,

Que debido al proceso de aumentos de costos, tantos salariales como en la provisión de bienes y servicios , es indispensable proceder a actualizar los valores para el Ejercicio Fiscal 2025,

Que este Concejo ha analizado detenidamente su contenido compartiendo totalmente el mismo,

Que es facultad del Concejo Deliberante de acuerdo con los Artículos 37, y concordantes de la Ley Provincial N° 1597 (Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento), aprobar o desestimar dicho Proyecto, 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Articulo 1°: Fijar para el Ejercicio 2025 la Ordenanza Tarifaria que se adjunta como Anexo 1° y que forma parte integrante de la presente.

Articulo 2°: Si al 31/12/25 no se hubiera dictado una nueva Ordenanza Tarifaria para el año 2026, seguirá vigente lo establecido en la presente, hasta tanto se dicte nueva Ordenanza Tarifaria.

Artículo 3°: Pase al Departamento Ejecutivo para su registro y Promulgación, Comuníquese, Publíquese y Archívese.



ORDENANZA N° 1/2025





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