Caleufu (LP) 16 de Diciembre de 2016
VISTO:
El Programa de “Soluciones Habitacionales” previsto en la Ley de Descentralización N° 2461 de nuestra Provincia y,
CONSIDERANDO:
Que el Consejo Provincial de Descentralización, acordó bajo los términos del Acta N° 11, otorgar para el año 2016 la suña de PESOS TRESCIENTOS MIL ($300.000,00) por localidad, correspondiente al Programa de Soluciones Habitacionales,
Que dichos fondos podrán ser destinados a la construcción, reparación, ampliación o recuperación de viviendas existentes o para la provisión de servicios básicos de infraestructura y mejora de viviendas;
Que el Instituto Provincial Autárquico de Viviendas es quien pone en marcha la Operatoria prevista en el Programa referido;
Que a los fines de la ejecución de dicho Programa es necesaria la intervención del Concejo Deliberante de Caleufu,
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Articulo N° 1: Autorizase la ejecución del Programa de Soluciones Habitacionales, por el monto establecido por el Consejo Provincial de Descentralización para el año 2016.
Articulo N° 2: Analizadas las necesidades de esta localidad, estos fondos serán destinados a la construcción, reparación, ampliación ó recuperación de viviendas existentes o para la provisión de servicios básicos de infraestructura y mejora de viviendas.
Articulo N° 3: Comuníquese al Departamento pia Municipal, Regístrese, Publíquese y Cumplido esto archívese.
ORDENANZA N° 58/2016




