ORDENANZA 43 / 2016 - Adjudica Inmueble en Donación

 



Caleufu (LP) 1 de Septiembre de 2016 


VISTO: 

La necesidad del Sr .Marcelo UGAS solicitando regularizar la situación dominial del terreno que ocupa desde el año 2010. 

Que en el predio cuya Partida 735893 , Nomenclatura Catastral : Ejido 83 , Circ 01, Rad.C, Mza.023A, Par.21 de propiedad de la Municipalidad de Caleufu , se construyó una Unidad Habitacional, Plan Solución Habitacional N° 1 adjudicada a UGAS Marcelo-Vargas Hilda Isabel en el año 2010. 


CONSIDERANDO: 

Que es de suma importancia ser titular de dominio de! terreno de la casa donde habita la familia;

Que la familia UGAS/VARGAS no tiene otro bien inmueble registrado a su nombre;

Que los mismos son ocupantes del terreno y tienen interés en regularizar su situación;

Que consta en los registros de la Secretaria de Administración y Hacienda pagos puntuales de su vivienda e impuestos municipales,

Que es competencia del Concejo Deliberante autorizar la DONACION de terreno municipal, según dispone Art 98 de la Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento: “Los bienes municipales podrán ser donados cuando lo fueren a favor del Estado Nacional, Provincial o de otras Municipalidades o Comisiones de Fomento ,Cooperativas,, institutos de enseñanza, salubridad ,beneficencia, instituciones deportivas y en general, a entidades de bien público o a personas indigentes o de escasos recursos ocupantes o no,

Asimismo, las Municipalidades podrán efectuar donaciones a favor de Asociaciones religiosas, gremiales, profesionales, sindicales, educacionales, asistenciales y en general a entidades de bien común legalmente reconocidas que no persigan fines de lucro, de bienes que no estuvieran afectados a servicios públicos ni obras de utilidad en general.

El Concejo Deliberante, autorizara con el voto de los dos tercios del total de sus miembros las donaciones mencionadas”.

Concejo Deliberante de Caleufú
Calle España 239 - CP 6387 - Caleufú (La Pampa)


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Adjudicar en DONACION en el marco del Art N” 98 de la Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento, la parcela , Partida 735893, Nomenclatura Catastral : Ejido 83 , Circ.01, Rad.C, Mza.023A , Par.21 de propiedad de la Municipalidad de Caleufu al Señor UGAS Marcelo .Correspondiendo los gastos de formalización de los tramites al adjudicatario.

Artículo 2°: Facultar al Poder Ejecutivo a suscribir el instrumento traslativo de dominio y demás trámites necesarios a tal fin.

Artículo 3°: Elévese copia de la presente a los interesados.

Artículo 4°: Elévese copia de la presente al Departamento Ejecutivo Municipal para su conocimiento y promulgación.

Artículo 5°: Dese al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, Cumplido Archivese



ORDENANZA N° 43/2016





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ORDENANZA 42 / 2016 - Ratifica Contrato de Concesión Restaurant Parque Recreativo Municipal

 


Caleufu (LP) 1 de  Septiembre de 2016 


VISTO: 

El contrato de concesión celebrado por la Municipalidad de Caleufu con la Sra. Carla María Garay DNI 24.702.270 con fecha 04 de Agosto de 2016. 


CONSIDERANDO: 

Que mediante dicho contrato la Sra. Carla María Garay, DNI 24.702.270, se convierte en CONCESIONARIO de los servicios del Restaurante Confitería de propiedad municipal ubicado en el Parque Recreativo Municipal de Caleufu , Sito en la calle España sobre el acceso de ingreso a la localidad.

Que el término de este contrato queda fijado en 1 año con opción a dos más, a partir del día 04 de Agosto de 2016, venciendo el plazo contractual el día 04 de Agosto de 2017.

Que el Contrato de Concesión fue analizado y aprobado por este Cuerpo Deliberativo en Sesión Ordinaria de fecha 31 de Agosto de 2016.

Que la presente es dictada dentro de las facultades y competencias que la Ley Provincial N° 1597 de Municipalidades y Comisiones de Fomento otorga a este Cuerpo Deliberativo Municipal. 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Ratificar todo lo actuado por el Departamento Ejecutivo Municipal en la suscripción del contrato de concesión celebrado con la Señora Carla María GARAY, DNI 24.702.270, con fecha 04 de Agosto de 2016,

Artículo 2°: Notifíquese con copia al Departamento Ejecutivo, transcríbase al libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido archívese.



ORDENANZA N° 42/2016





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ORDENANZA 41 / 2016 - Aprueba Balance Mayo 2016

 


Caleufu (LP) 18 de Agosto de 2016 


VISTO:

El Balance del mes de Mayo de 2016, elevado por el Departamento Ejecutivo para su posterior estudio y verificación, y 


CONSIDERANDO:

Que de acuerdo al estudio y verificación, los resultados se consideran correctos. 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Apruébese el Balance del mes de Mayo de 2016, elevado por el Departamento Ejecutivo.

Artículo 2°: Elévese copia de Ordenanza al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y de forma.

Artículo 3°: Pase a Secretaria, transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido esto archívese.


ORDENANZA N° 41/2016






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ORDENANZA 40 / 2016 - Declara de Interés Municipal los Festejos del 105° Aniversario de Caleufú

 




Caleufu (LP) 18 de Agosto de 2016 


VISTO: 

El 105° aniversario de la localidad a cumplirse el 29 de Octubre del corriente año; y 


CONSIDERANDO: 

Que es intención de la Municipalidad realizar una serie de eventos y festejos para conmemorar dicho aniversario;

Que dentro de dichos eventos y festejos se prevé la realización de distintas actividades culturales con la participación de las entidades e instituciones del medio , un acto central con la recepción de autoridades locales, provinciales e invitados especiales, y la presentación de diversos espectáculos musicales a cargo de artistas zonales y nacionales;

Que a los fines de llevar adelante la organización de la fiesta resulta adecuado declarar de interés Municipal a la misma, integrando y comprometiendo así a las instituciones e entidades del medio, como también a la población en general;

Que para solventar parcialmente los distintos gastos de organización el Departamento Ejecutivo brindara y explotara los servicios de cantina y además solicitara a los distintos comercios y empresas del medio su colaboración a cambio de alguna pauta publicitaria;

Que este Cuerpo Deliberativo comparte y acompaña con beneplácito la organización del 105° aniversario de la localidad;


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Declárese de interés municipal la conmemoración y festejos del 105° aniversario de la localidad.

Artículo 2°: Facultese al Poder Ejecutivo a llevar a cabo las distintas acciones, actividades y contrataciones destinadas a la organización del aniversario , autorizándose la explotación en el mismo de los servicios de cantina y la solicitud a las empresas y comercios del medio colaboraciones a cambio de alguna pauta publicitaria a desarrollarse en el transcurso del evento.
Los ingresos percibidos y su correspondiente afectación deberán ser rendidos mediante un Balance a este Cuerpo Deliberativo dentro de los treinta días corridos de la fecha del aniversario.

Artículo 3°: Ratificase lo actuado por el Poder Ejecutivo y apruébense las contrataciones realizadas con el Señor Roberto Ayala, en representación de los “Ceibales” por un monto de $30.000 y de “Paola Arias” por un monto de $60.000, conforme a los contratos que se adjuntan.

Artículo 4°: Pase al Poder Ejecutivo de la Municipalidad de Caleufu para su promulgación y aprobado, transcribase al libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido, archívese.



ORDENANZA N° 40/2016






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