Caleufu (LP) 18 de Agosto de 2016
VISTO:
El 105° aniversario de la localidad a cumplirse el 29 de Octubre del corriente año; y
CONSIDERANDO:
Que es intención de la Municipalidad realizar una serie de eventos y festejos para conmemorar dicho aniversario;
Que dentro de dichos eventos y festejos se prevé la realización de distintas actividades culturales con la participación de las entidades e instituciones del medio , un acto central con la recepción de autoridades locales, provinciales e invitados especiales, y la presentación de diversos espectáculos musicales a cargo de artistas zonales y nacionales;
Que a los fines de llevar adelante la organización de la fiesta resulta adecuado declarar de interés Municipal a la misma, integrando y comprometiendo así a las instituciones e entidades del medio, como también a la población en general;
Que para solventar parcialmente los distintos gastos de organización el Departamento Ejecutivo brindara y explotara los servicios de cantina y además solicitara a los distintos comercios y empresas del medio su colaboración a cambio de alguna pauta publicitaria;
Que este Cuerpo Deliberativo comparte y acompaña con beneplácito la organización del 105° aniversario de la localidad;
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Artículo 1°: Declárese de interés municipal la conmemoración y festejos del 105° aniversario de la localidad.
Artículo 2°: Facultese al Poder Ejecutivo a llevar a cabo las distintas acciones, actividades y contrataciones destinadas a la organización del aniversario , autorizándose la explotación en el mismo de los servicios de cantina y la solicitud a las empresas y comercios del medio colaboraciones a cambio de alguna pauta publicitaria a desarrollarse en el transcurso del evento.
Los ingresos percibidos y su correspondiente afectación deberán ser rendidos mediante un Balance a este Cuerpo Deliberativo dentro de los treinta días corridos de la fecha del aniversario.
Artículo 3°: Ratificase lo actuado por el Poder Ejecutivo y apruébense las contrataciones realizadas con el Señor Roberto Ayala, en representación de los “Ceibales” por un monto de $30.000 y de “Paola Arias” por un monto de $60.000, conforme a los contratos que se adjuntan.
Artículo 4°: Pase al Poder Ejecutivo de la Municipalidad de Caleufu para su promulgación y aprobado, transcribase al libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido, archívese.
ORDENANZA N° 40/2016

