Caleufu (LP) 24 de Septiembre de 2021
VISTO:
El Programa de Soluciones Habitacionales previsto en la Ley de Descentralización N° 2461 de nuestra Provincia y,
CONSIDERANDO:
- Que el Consejo Provincial de Descentralización , acordó bajo los términos del Acta N° 16, otorgar para el año 2021 la suma de PESOS NOVECIENTOS MIL ($900.000,00) por localidad correspondiente al Programa de Soluciones Habitacionales,
- Que dichos fondos podrán ser destinados a la construcción , reparación , ampliación o recuperación de viviendas existentes o para la provisión de servicios básicos de infraestructura y mejora de viviendas,
- Que el Instituto provincial Autárquico de Vivienda es quien pone en marcha la Operatoria prevista en el Programa referido,
- Que a los fines de la ejecución de dicho Programa es necesaria la intervención del Concejo Deliberante de esta localidad,
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Artículo 1°: Autorizase la ejecución del Programa de Soluciones Habitacionales por el monto establecido por el Consejo Provincial de Descentralización para el año 2021.
Artículo 2°: Analizadas las necesidades de esta localidad, estos fondos serán destinados a la construcción.
Artículo 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, Regístrese, Publíquese y Cumplido Archívese.
ORDENANZA N° 32/2021
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