Caleufu (LP) 10 de Septiembre de 2021
VISTO:
La Ordenanza N° 27/2021 aprobada recientemente sobre la delimitación del nuevo Ejido Urbano de Caleufú; y
CONSIDERANDO:
- Que es necesaria la imposición de nombres a las calles que hasta el presente no cuentan con identificación.
- Que la nomenclatura de calles en una localidad además de constituir una forma de organización posibilita un homenaje y reconocimiento a hechos y personalidades relevantes de la historia y de la memoria colectiva.
- Que en este sentido, y a los fines de incorporar la cuestión de género y dar reconocimiento a las mujeres que han contribuido al engrandecimiento de nuestro país, se considera que la denominación de las calles con los nombres de JUANA AZURDUY y MARÍA EVA DUARTE contribuye a este fin.
- Que es justo reconocer a todas aquellas mujeres anónimas que durante la lucha por la emancipación americana intervinieron en duros combates tanto en Argentina como en distintos países de Latinoamérica. Todas ellas, aún hoy anónimas, están representadas por JUANA AZURDUY, única mujer que alcanzó el grado de Teniente Coronel del Ejército y protagonista de una gesta que aún no ha sido justamente reconocida.
- Que el paso de los años nos permite hoy, despojado de pasiones políticas partidarias, reconocer a MARIA EVA DUARTE en toda su dimensión como un ser humano que luchó y murió por la justicia social y el amor.
- Que sin duda, MARIA EVA DUARTE significó para la mujer argentina un hito histórico al posibilitar el voto femenino y al incorporar a la mujer a la vida social y política de nuestro país.
- Que es facultad del Concejo Deliberante el dictado de la presente como establece la Ley 1597 de Municipalidades y Comisiones de Fomento;
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Impóngase el nombre de JUANA AZURDUY a la calle ubicada al Norte de la localidad, paralela a la Calle Pueyrredón y que va desde la Calle Roque Sáenz Peña hasta calle Irigoyen, de acuerdo al Anexo ! que forma parte de la presente norma.
ARTÍCULO 2°: Impóngase el nombre de MARIA EVA DUARTE a la calle ubicada al Sur de la localidad, paralela a la Calle Juan Domingo Perón y que va desde la Calle Urquiza hasta la Calle Irigoyen, de acuerdo al Anexo Il que forma parte de la presente norma.
ARTÍCULO 3°: Encomiéndese al Departamento Ejecutivo Municipal la señalización correspondiente.
ARTÍCULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, publíquese, dese al libro de ordenanzas y resoluciones, cumplido, archívese.
ORDENANZA N° 29/2021