Caleufú (LP), 26 de Diciembre de 2024
VISTO:
Que el Señor Emiliano Silva Brunengo, cesó en su cargo el pasado 14 de Diciembre del 2022; Y
CONSIDERANDO:
• Que se hace necesario contar con un Secretario Administrativo.-
• Que cumplirá la función de atender al público, recepcionar los asuntos entrados, tendrá bajo su guarda y conservación los libros de Actas, de Ordenanzas y Resoluciones, la correspondencia y toda la Documentación del Concejo Deliberante de Caleufú.-
• Que deberá asistir a todas las Sesiones y Reuniones del Concejo Deliberante, tomar nota y redactar el acta correspondiente.-
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Artículo N° 1: Designar como Secretaria Administrativa del Concejo Deliberante de Caleufú a la Srta. Escudero Maria Jimena, DNI: 31889932 a partir del día 1° de Enero de 2023.-
Artículo N° 2: Quedará bajo su guarda y conservación los libros, correspondencia y toda documentación del Concejo Deliberante, labrará las actas de las Sesiones, dejando constancia de todo lo tratado y resuelto en el libro habilitado a tal fin, y asumirá las responsabilidades que expresen el reglamento interno y la Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento.-
Artículo N° 3: La Secretaria Administrativa del Concejo Deliberante tendrá una retribución equivalente al 90% de la dieta del Concejal, sufrirá descuentos de ley y se le abonarán las Asignaciones Familiares que correspondan.-
Artículo N° 4: La Secretaria Administrativa cumplirá horario de atención de la Secretaria de Lunes a Viernes de 8 a 11hs. Veintiséis horas antes de la hora fijada para la Sesión Ordinaria deberá permanecer dos horas en el recinto para recepcionar Asuntos Entrados y tendrá que asistir a todas las Sesiones que convoque el Concejo.-
Artículo N° 5: El gasto que ocasione el pago del sueldo fijado en el Artículo N° 3 será imputado a la cuenta de Gasto Personal del Concejo.-
Artículo N° 6: Deróguese la Ordenanza N° 51/2021
Articulo N° 7: Pase al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y promulgación.-
Articulo N° 8: Elévese copla de la presente Ordenanza a la Srta. Escudero Maria Jimena.
Articulo N° 9: Pase a Secretaria, dese al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido archívese.-
ORDENANZA N° 47/2022