Caleufu (LP) 3 de Noviembre de 2017
VISTO:
La Ordenanza N° 14/2017 y;
CONSIDERANDO:
Que a través de la Norma citada se declara la emergencia Hídrica Económica y Social en el Ejido Municipal de nuestra localidad, a raíz de las inundaciones ocurridas en la zona, lo que provoco graves consecuencias de infraestructura entre otras.
Que las consecuencias de las inundaciones afectan directamente a nuestra población como también a terceros que circulen por las rutas y caminos que citcundan esta localidad , especialmente en lo que atiente a los caminos vecinales , lo que implica que los vehículos no puedan circular con normalidad en los tramos de caminos afectados por las inundaciones , no pudiendo tampoco sacar la producción de los campos.
Que a los fines de coordinar acciones en forma conjunta con la Dirección Provincial de Vialidad se hace necesario la suscripción de un convenio con el nombrado organismo.
Que la presente es dictada conforme a las facultades de este Concejo Deliberante.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Articulo 1°: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar un convenio con la Dirección Provincial de Vialidad, para realizar terraplenes de avances en los caminos pertenecientes a la Red Terciaria.
Articulo 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, Regístrese, Publíquese y Cumplido esto Archívese.
ORDENANZA N° 31/2017
