Caleufu (LP) 6 de Agosto de 2018
VISTO:
El Programa de SOLUCIONES HABITACIONALES previsto en la Ley de Descentralización N° 2461 de Nuestra Provincia y;
CONSIDERANDO:
Que el Consejo Provincial de Descentralización , acordó bajo los términos del Acta N° 13 otorgar para el año 2013 la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($500.000,00) por localidad, correspondiente al Programa de Soluciones Habitacionales,
Que dichos fondos podrán ser destinados a la construcción , reparación , ampliación o recuperación de viviendas existentes o para la provisión de Servicios Básicos de infraestructura y mejora de viviendas,
Que el Instituto Provincial Autárquico de la Vivienda es quien pone en marcha la Operatoria prevista en el Programa referido,
Que a los fines de la ejecución de dicho Programa es necesaria la intervención del Concejo Deliberante de Caleufu,
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Artículo 1°: Autorizase la ejecución del Programa de Soluciones Habitacionales, por el monto establecido por el Consejo Provincial de Descentralización para el año 2018.
Artículo 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, Regístrese, Publíquese y cumplido esto Archívese.
ORDENANZA N° 29/2018