Caleufu (LP) 20 de Noviembre del 2020
VISTO:
La circulación de vehículos a alta velocidad en las calles Moreno desde Urquiza hasta Hipólito Irigoyen y en Alberdi entre Islas Malvinas y San Martin, y
CONSIDERANDO:
Que en ambos sectores del pueblo habitan un número importante de vecinos que deben cruzar la misma permanentemente,
Que, especialmente en el sector entre Irigoyen y J.B. justo, viven y transitan muchos niños,
Que la calle Moreno está autorizada para la circulación del tránsito pesado,
Que la velocidad superior a la permitida por las normas vigentes implica un riesgo tanto para quienes circulan en vehículos como para los peatones,
Que es necesario tomar medidas precautorias a fin de evitar siniestros,
Que es facultad del Concejo Deliberante, según Ley 1597 de Municipalidades y Comisiones de Fomento,
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
RESUELVE:
Artículo 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo considere en forma urgente la construcción de tres reductores de velocidad como mínimo, sobre calle Moreno y un reductor sobre calle Alberdi entre Islas Malvinas y San Martin.
Artículo 2°: Se tenga en cuenta al momento de decidir el tipo de reductor, que los mismos cumplan con su finalidad sin entorpecer el tránsito,