ORDENANZA 08 / 2025 - Aprueba Balance Noviembre 2024

 



Caleufu (LP) 4 de Abril del 2025 


VISTO: 

El Balance del mes de Noviembre del 2024 elevado por el Departamento Ejecutivo para su posterior estudio y verificación, y 

CONSIDERANDO: 

Que de acuerdo al estudio y verificación , los resultados se consideran correctos, y 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Articulo 1°: Apruébese el Balance mes de Noviembre del 2024 elevado por el Departamento Ejecutivo.

Articulo 2°: Elévese copia de la Ordenanza al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y de forma.

Articulo 3°: Pase a Secretaria, Transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, Cumplido Archívese.


ORDENANZA N° 08/2025


Ver Más...

ORDENANZA 07 / 2025 - Aprueba Balance Octubre 2024

 



Caleufu (LP) 20 de Marzo del 2025 


VISTO: 

El Balance del mes de Octubre del 2024 elevado por el Departamento Ejecutivo para su posterior estudio y verificación, y 


CONSIDERANDO: 

Que de acuerdo al estudio y verificación , los resultados se consideran correctos, y 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Apruébese el Balance mes de Octubre del 2024 elevado por el Departamento Ejecutivo.

Artículo 2°: Elévese copia de la Ordenanza al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y de forma.

Articulo 3°: Pase a Secretaria, Transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, Cumplido Archívese.


ORDENANZA N° 07/2025





Ver Más...

ORDENANZA 06 / 2025 - Programa de Mejoramiento de Parque Automotor Destinado a Prestación de Servicios Públicos

 



Caleufú (LP) 20 de Marzo de 2025 


VISTO: 

El "PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE PARQUE AUTOMOTOR DESTINADO A PRESTACION DE SERVICIOS PUBLICOS” creado por Decreto N° 294/25 del Poder Ejecutivo Provincial, y 


CONSIDERANDO: 

Que en el marco de las competencias dadas por los Artículos 13 a 15 de la Ley N° 1065-(t.o. 2023) el Poder Ejecutivo Provincial ha determinado destinar fondos del Fondo de Desarrollo Comunal (Fo.De.Co) en carácter de aportes reintegrables, para el mejoramiento del Parque Automotor de las Municipalidades y Comisiones de Fomento,

Que el mencionado programa tiene por objeto realizar tareas de mantenimiento, conservación, acondicionamiento y/o reparaciones necesarias para mantener, optimizar o mejorar el parque automotor o adquirir unidades nuevas o usadas con la finalidad de garantizar la debida prestación de Servicios Públicos,

Que acorde lo informado por el Señor Intendente la Municipalidad procura solicitar un aporte en el marco del citado Programa, con la finalidad de adquirir maquinarias y equipos parea ser destinado a la prestación de Servicios Públicos y mantenimiento,

Que el Decreto N° 294/25 establece que, para acceder al Programa, conjuntamente con la solicitud de adhesión se debe presentar autorización dada por el Concejo Deliberante para afectar fondos de participación como garantía del aporte reintegrable otorgado,

Que este Concejo Deliberante comparte la necesidad manifiesta por el Intendente en tanto redundara en beneficio de los habitantes de la localidad al coadyuvar en la debida prestación de los servicios públicos, por lo que deviene necesario otorgar la autorización solicitada, 

Que corresponde a este Concejo Deliberante dictar la norma legal pertinente conforme las facultades que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento N° 1597,


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Articulo 1°: Autorizar al Poder Ejecutivo Provincial a retener automáticamente, del Sistema de Coparticipación a Municipalidades y Comisiones de Fomento —Ley N° 1065 (artículos 3b, 11 y 18) el importe necesario para cubrir el monto mensual de cada cuota que corresponda a la Municipalidad de Caleufu, correspondiente al “PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE PARQUE AUTOMOTOR DESTINADO A PRESTACION DE SERVICIOS PUBLICOS” aprobado por Decreto N° 294/25.

Articulo 2°: Regístrese. Comuníquese. Archívese, elévese copia de la presente al Departamento Ejecutivo.


ORDENANZA N° 06/2025




Ver Más...

ORDENANZA 05 / 2025 - Autoriza Firma de Convenio con el Poder Judicial

 



Caleufu (LP) 20 de Marzo del 2025 


VISTO: 

El Expediente N° 24064/2013, caratulado: Superior Tribunal de Justicia de La Pampa s/Formalización de Convenios con las Municipalidades, y 


CONSIDERANDO: 

Que la misma autoriza al Intendente de la Municipalidad de Caleufu a firmar un Convenio con el Poder Judicial para el Periodo 2025, 

Que los fondos son enviados por el Tribunal y será un importe mensual de $300.000,00 (pesos trescientos mil con 00/100 centavos) que incluye mano de obra e insumos de limpieza, 

Que le corresponde a este Concejo Deliberante autorizar dicho Convenio, 

Que se adjunta formato de Convenio, 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Articulo 1°: Autorizase al Señor Intendente Municipal OSCAR ALEJANDRO BARAS, CUIT 20-12705152-7 con domicilio en calle San Martin N° 256 de Caleufu La Pampa, a firmar el convenio con el Poder Judicial, se anexa a la presente como Anexo 1° (modelo de convenio firmado por la Señora Presidenta y el Señor Secretario del cuerpo Deliberante).

Artículo 2°: Deróguense las Ordenanzas N° 52/2024 y N° 02/2025. 

Articulo 3°: Regístrese. Comuníquese. Archívese, elévese copia de la presente al Departamento Ejecutivo.



ORDENANZA N° 5/2025





Ver Más...

ORDENANZA 04 / 2025 - Modifica Ordenanza 53-2023 Estructura Organizativa del Departamento Ejecutivo

 




Caleufu (LP) 28 de Febrero del 2025 


VISTO: 

El Organigrama vigente del Departamento Ejecutivo creando tres cargos que se denominan Capataz General, Capataz de Corralón y Parque Automotor y Encargado de Espacios Verdes. 

La nota enviada por el Departamento Ejecutivo con fecha 24 de Febrero del corriente, solicitando nivelar el porcentaje de los haberes de los cargos anteriormente mencionados, y 


CONSIDERANDO: 

Que la Ordenanza 53/2023 en sus Artículos 6°, 7° y 8° establece el porcentaje de la remuneración a cada Capataz. 

Que el Departamento Ejecutivo considera necesario equiparar el porcentaje en igualdad de remuneración al cargo correspondiente a Capataz General, equivalente al 60 % de la remuneración del intendente Municipal, 

Que por esta razón resulta necesario modificar los Artículos 7° y 8° de la Ordenanza N° 53/2023, 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Modifíquese el Articulo 7° de la Ordenanza N° 53/2023, el que quedara redactado de la siguiente manera: "Establézcase como remuneración del Cargo de Capataz de Corralón y Parque Automotor, el equivalente al sesenta (60%) por ciento de la remuneración fijada para el Intendente Municipal”.

Artículo 2°: Modifíquese el Artículo 8° de la Ordenanza N° 53/2023, el que quedara redactado de la siguiente manera: “Establézcase como remuneración del Cargo de Encargado de Espacios Verdes, el equivalente al sesenta (50%) por ciento de la remuneración fijada para el Intendente Municipal ”.

Artículo 3°: La distribución de los cargos será comunicada a cada uno por Resolución Municipal correspondiente, para cumplir con cada una de las tareas deerpss.



ORDENANZA N° 4/2025





Ver Más...

ORDENANZA 03 / 2025 - Designa Secretario Administrativo Concejo Deliberante

 



Caleufú (LP) 3 de Enero del 2025 

VISTO: 

Que el Señor Silva Brunengo Emiliano, ceso en su cargo el pasado 30 de Diciembre del 2024; y 


CONSIDERANDO: 

Que se hace necesario contar con un Secretario Administrativo. 

Que cumplirá la función de atender al público, recepcionar los asuntos entrados, tendrá bajo su guarda y conservación los libros de Actas, de Ordenanzas y Resoluciones, la correspondencia y toda la Documentación del Concejo Deliberante de Caleufú. 

Que deberá asistir a todas las Sesiones y Reuniones del Concejo Deliberante, tomar nota y redactar el acta correspondiente. 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo N° 1: Designar como Secretario Administrativo del Concejo Deliberante de Caleufú al Sr Silva Brunengo Emiliano a partir del día 3 de Enero del 2025.

Artículo N° 2: Quedará bajo su guarda y conservación los libros, correspondencia y toda documentación del Concejo Deliberante, labrará las actas de las Sesiones, dejando constancia de todo lo tratado y resuelto en el libro habilitado a tal fin, y asumirá las responsabilidades que expresen el reglamento interno yla Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento.

Artículo N° 3: El Secretario Administrativo del Concejo Deliberante tendrá una retribución equivalente al 90% de la dieta del Concejal, sufrirá descuentos de ley y se le abonarán las Asignaciones Familiares que correspondan.

Artículo N° 4: El Secretario Administrativo cumplirá horario de atención de la Secretaria de Lunes a viernes de 8 a 11hs. Veintiséis horas antes de la hora fijada para la Sesión Ordinaria



ORDENANZA N° 3/2025





Ver Más...

ORDENANZA 02 / 2025 - Autoriza Firma de Convenio con el Poder Judicial

 




Caleufu (LP) 3 de Enero del 2025 


VISTO: 

El Expediente N° 24064/2013, caratulado: Superior Tribunal de Justicia de La Pampa s/Formalización de Convenios con las Municipalidades, y 


CONSIDERANDO: 

Que la misma autoriza al intendente de la Municipalidad de Caleufu a firmar un Convenio con el Poder Judicial para el Periodo 2025, 

Que los fondos son enviados por el Tribunal y será un importe mensual de $300.000,00 (pesos trescientos mil con 00/100 centavos) que incluye mano de obra e insumos de limpieza,

Que le corresponde a este Concejo Deliberante autorizar dicho Convenio, 

Que se adjunta formato de Convenio, 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Autorizase al Señor Intendente Municipal OSCAR ALEJANDRO BARAS, CUIT 20-12705152-7 con domicilio en calle San Martin N° 256 de Caleufu La Pampa, a firmar el convenio con el Poder Judicial, se anexa a la presente como Anexo 1° (modelo de convenio firmado por la Señora Presidenta y el Señor Secretario del cuerpo Deliberante).

Articulo 2°: Regístrese. Comuníquese. Archívese, elévese copia de la presente al Departamento Ejecutivo.


ORDENANZA N° 2/2025




Ver Más...

ORDENANZA 01 / 2025 - Aprueba Ordenanza Tarifaria 2025

 




Caleufu (LP) 3 de Enero del 2025 


VISTO: 

La necesidad de actualizar los valores de la ORDENANZA TARIFARIA vigente; y 


CONSIDERANDO: 

Que dicha Ordenanza Tarifaria Vigente se encuentra con la determinación de los valores que se fijaron para el Ejercicio Fiscal 2024,

Que debido al proceso de aumentos de costos, tantos salariales como en la provisión de bienes y servicios , es indispensable proceder a actualizar los valores para el Ejercicio Fiscal 2025,

Que este Concejo ha analizado detenidamente su contenido compartiendo totalmente el mismo,

Que es facultad del Concejo Deliberante de acuerdo con los Artículos 37, y concordantes de la Ley Provincial N° 1597 (Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento), aprobar o desestimar dicho Proyecto, 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Articulo 1°: Fijar para el Ejercicio 2025 la Ordenanza Tarifaria que se adjunta como Anexo 1° y que forma parte integrante de la presente.

Articulo 2°: Si al 31/12/25 no se hubiera dictado una nueva Ordenanza Tarifaria para el año 2026, seguirá vigente lo establecido en la presente, hasta tanto se dicte nueva Ordenanza Tarifaria.

Artículo 3°: Pase al Departamento Ejecutivo para su registro y Promulgación, Comuníquese, Publíquese y Archívese.



ORDENANZA N° 1/2025





Ver Más...