Caleufu (LP) 20 de Noviembre del 2025
VISTO:
Que la Ley N° 1597 de Municipalidades y comisiones de Fomento, dispone que el día 30 de Noviembre finalicen las Sesiones Ordinarias de los Concejos Deliberantes, y
CONSIDERANDO:
Que a este Cuerpo aún le quedan temas para tratar en las distintas comisiones, previéndose además la entrada de nuevos asuntos que requieran tratamiento.
Que diciembre es un mes de actividad normal en el ámbito municipal.
Que acorde a lo estipulado por el articulo N°14, segundo párrafo de la Ley N° 1597, este Cuerpo Deliberante puede prorrogar el periodo de Sesiones Ordinarias ,
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Articulo 1°: Prorróguese el Periodo Ordinaria de Sesiones de este Concejo Deliberante hasta el día 11 de Diciembre del corriente.
Articulo 2°: Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Cumplido Archívese.
ORDENANZA N° 41/2025
