Caleufú (L.P) 16 de Octubre de 2025
VISTO:
La necesidad de preservar y realzar el patrimonio histórico y cultural de nuestra localidad, Caleufú, en la provincia de La Pampa.
El valor simbólico y la importancia del Monumento al Centenario, ubicado en el Paseo del Lago, como un punto de referencia para la identidad de nuestra comunidad.
La obligación del gobierno municipal de proteger, conservar y revalorizar los espacios públicos de interés social y cultural, a fin de promover el turismo y el sentido de pertenencia.
Y CONSIDERANDO:
Que el Monumento al Centenario de Caleufú conmemora un hito fundamental en la historia del pueblo, representando el esfuerzo y la resiliencia de las generaciones que foriaron nuestra identidad. Su ubicación en el Paseo del Lago lo convierte en un punto de encuentro y recreación para vecinos y visitantes.
Que su estado actual requiere una puesta en valor para garantizar su preservación a larao plazo v realzar su importancia estética y simbólica. Esto incluve la restauración de sus estructuras y la mejora del entorno que refuercen su carácter histórico y cultural.
Que el monumento, más que una escultura, pretende ser un espacio vivencial, diferente a lo que percibimos habitualmente en el entorno urbano. intenta reflejar una serie de conceptos que definen nuestro ser cultural. La naturaleza, las culturas originarias, las tradiciones de los inmigrantes, las vivencias de los pobladores dan origen y forma a nuestra identidad.
Que el mismo describe una representación artistica o un espacio que simboliza la historia y la vida de Caleufú, desde sus orígenes y pueblos nativos (simbolizados con piedra y guarda pampa desmaterializada) y la diversidad de sus habitantes a través de colores variados. Este lugar evoca el paso del tiempo y el movimiento, no solo con el sonido que va y vuelve, sino también en el sutil desplazamiento del agua por el viento, e incluye un banco para la contemplación del entorno y el "PELLUKUREF", un instrumento aerófono suspendido sobre un espejo de agua que, al chocar sus piedras, genera sonidos que aluden a los paisajes y elementos naturales de la región.
Que la declaración de este monumento como Patrimonio Histórico - Cultural permitirá la asignación de recursos especificos para su conservación y mantenimiento, asegurando que futuras generaciones puedan disfrutar y aprender de este legado.
Que es facultad del Concejo Deliberante aprobar las medidas necesarias para la correcta gestión de los recursos municipales, garantizando la transparencia y la rendición de cuentas en la ejecución de proyectos de interés público. Que el artículo 36 inc.26 de la Ley Provincial N° 1597 expresa: “Corresponde al Concejo Deliberante dictar ordenanzas referidas a el cuidado y mejoramiento de los monumentos públicos y de toda obra municipal de ornato”.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Declárese Patrimonio Histórico - Cultural de la Municipalidad de Caleufú al Monumento al Centenario, ubicado en el Paseo del Lago, en reconocimiento a su valor histórico, cultural y social para la comunidad
ARTÍCULO 2°: Los gastos que demande la presente serán imputados de la cuenta rentas generales.
ARTÍCULO 3°: La Secretaria de Obras y Servicios Públicos, será el organismo responsable de la ejecución, supervisión y control de las obras mencionadas.
ARTÍCULO 4°: La rendición de cuentas de los fondos asignados deberá ser presentada por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos al Concejo Deliberante dentro de los sesenta (60) días hábiles posteriores a la finalización de las obras. Dicha rendición deberá incluir un informe detallado de los gastos y un registro fotográfico del proceso.
ARTÍCULO 5°: Elévese copia al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y promulgación, pase a secretaría, dése al libro de ordenanzas y resoluciones. Cumplido, archívese.
ORDENANZA N° 36/2025

