Caleufú (LP), 17 de Julio de 2025
VISTO:
El Programa de “Soluciones Habitacionales” previsto en la Ley de Descentralización N° 2461 de nuestra Provincia y;
CONSIDERANDO:
Que el Consejo Provincial de Descentralización, acordó bajo los términos del Acta N° 20, otorgar para el año 2025 la suma de PESOS DIEZ MILLONES ($10.000.000.-) por localidad, correspondiente al Programa de Soluciones Habitacionales.
Que dichos fondos podrán ser destinados a la construcción, reparación, ampliación o recuperación de viviendas existentes o para la provisión de servicios básicos de infraestructura y mejora de viviendas.
Que el Instituto Provincial Autárquico de Vivienda es quien pone en marcha la Operatoria prevista en el Programa referido;
Que a los fines de la ejecución de dicho Programa es necesaria la intervención del Concejo Deliberante de esta localidad;
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Artículo 1°: Autorizase la ejecución del Programa de Soluciones Habitacionales, por el monto establecido por el Consejo Provincial de Descentralización para el año 2025.
Artículo 2°: Analizadas las necesidades de esta localidad, estos fondos serán destinados a reparación, ampliación o recuperación de viviendas existentes.
Artículo 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publiquese y cumplido archívese.
ORDENANZA N° 24/2025
