Caleufú (LP), 10 de Junio de 2015
VISTO:
La necesidad de pavimentar la Calle Urquiza, entre Calles 9 de Julio y Belgrano, de nuestra localidad, a fin de que se una a la ampliación del pavimento urbano a realizarse en la zona continua a la Obra de Acceso a Ruta Provincial N° 9.
Que la mencionada pavimentación permitirá a la población en general, transitar con mayor seguridad y al tiempo mejorar la calidad de vida de nuestros vecinos; y
CONSIDERANDO:
Que la Empresa Jubete se encuentra ejecutando los trabajos de pavimentación en nuestra localidad.
Que es facultad de este Concejo Deliberante, facultar al Departamento Ejecutivo Municipal.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Autorízase a la EMPRESA JUBETE a realizar la Obra de Pavimento Urbano sobre Calle Urquiza (entre Calles 9 de Julio y Belgrano), según Presupuesto elevado por el Departamento Ejecutivo y que se adjunta a la presente Ordenanza como Anexo 1.
ARTÍCULO 2°: Elévese copia de la presente Ordenanza al Departamento Ejecutivo Municipal para su conocimiento y de forma.
ARTÍCULO 3°: Pase a Secretaría, transcríbase el Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido, archívese.
ORDENANZA N° 18/2015