ORDENANZA 19 / 2015 - Adhiere a Ley Provincial N° 2790

 




Caleufú (LP), 10 de Junio de 2015 


VISTO: 

La Ley N° 2790 sancionada por la Cámara de Diputados de La Pampa; y 


CONSIDERANDO: 

Que la misma sustituye el Artículo 11° de la Ley Provincial N° 1713 (De Tránsito), referido a las condiciones de otorgamiento de licencias de conducir a los mayores de 65 años.

Que la Municipalidad de Caleufú ha adherido a la Ley N° 1713.

Que el Artículo 2° de la Ley N° 2790 invita a las Municipalidades y Comisiones de Fomento a adherir a la misma.

Que es facultad del Concejo Deliberante según Ley N° 1597 de Municipalidades y Comisiones de Fomento.


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


ARTÍCULO 1°: Adhiérase por la presente a la Ley N° 2790 sancionada por la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa. 

ARTÍCULO 2°: Elévese copia de la presente Ordenanza al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y de forma.

ARTÍCULO 3°: Pase a Secretaría, transcribase el Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido, archívese.


ORDENANZA N° 19/2015






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