Caleufú (LP) 13 de Octubre de 2016
VISTO:
Que la Municipalidad de Caleufu tiene CIEN (100) medidores de agua en desuso,
CONSIDERANDO:
Que es de interés de este Municipio prestar el Servicio de manera eficiente;
Que los medidores de agua se corresponden a bienes que oportunamente han sido reemplazados por otros nuevos;
Que los reemplazados no tienen ninguna utilidad para la Comuna y se encuentran totalmente en desuso;
Que existe la posibilidad de vender estos elementos como material reciclable a algún interesado;
Que dado el escaso valor de los mismos y el acotado interés para su compra, es que no se justifica realizar un procedimiento o subasta pública de dichos bienes;
Que es facultad del Concejo Deliberante autorizar la venta de bienes Municipales.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Articulo N° 1: Autorizar al Poder Ejecutivo Municipal a la venta en forma directa de CIEN (100) medidores de agua que se encuentran dados de baja del servicio y totalmente en desuso.
Articulo N° 2: Pase al Departamento Ejecutivo para su conocimiento, registro y promulgación, comuníquese, publíquese y archivese.
ORDENANZA N° 47/2016
