Caleufu (LP) 21 de Marzo de 2019
VISTO:
El Programa de Soluciones Habitacionales previsto en la Ley de Descentralización N° 2461 de nuestra provincia y;
CONSIDERANDO:
Que el Concejo Provincial de Descentralización, acordó bajo los términos del Acta N° 14 otorgar para el año 2019 la suma de PESOS SEISCIENTOS MIL ($600.000,00) por localidad correspondiente al Programa de Soluciones Habitacionales,
Que dichos fondos podrán ser destinados a la construcción, reparación, ampliación o recuperación de viviendas existentes o para la provisión de servicios básicos de infraestructura y mejora de viviendas,
Que el Instituto Provincial Autárquico de Vivienda es quien pone en marcha la Operatoria prevista en el programa referido,
Que a los fines de la ejecución de dicho Programa es necesaria la intervención del Concejo Deliberante de Caleufu,
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Artículo 1°: Autorizase la ejecución del Programa de Soluciones Habitacionales, por el monto establecido por el Concejo Provincial de Descentralización para el año 2019.
Artículo 2°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a afectar los fondos recibidos en el marco del Programa de Soluciones Habitacionales para el presente año a la ejecución del PLAN PROVINCIAL DE VIVIENDAS SOCIALES-VIVIENDAS LA PAMPA,
Artículo 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, Regístrese, Publíquese y Cumplido esto Archívese.
ORDENANZA N° 03/2019