Caleufu (LP) 22 de Julio de 2019
VISTO:
La Ley N° 3142 promulgada por el Poder Ejecutivo, mediante Decreto N° 5025/1.
Que la Ley citada anteriormente crea “Fiduciaria La Pampa S.A.P.E.M.” como Sociedad Anónima con participación Estatal Mayoritaria en el marco de la Ley de Sociedades Comerciales N° 19550;
CONSIDERANDO:
Que según el artículo 6° de la Ley 3142 las Municipalidades de la provincia de La Pampa podrán adquirir acciones Clase “B”;
Que es facultad de este Cuerpo Deliberativo autorizar al Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Caleufú a formar parte de la “Fiduciaria La Pampa S.A.P.E.M.”;
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Artículo 1: Autorizase a la Municipalidad de Caleufú a participar como socio en FIDUCIARIA LA PAMPA SOCIEDAD ANONIMA CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA creada mediante Ley Provincial N° 3.142.
Artículo 2°: Facúltese al Departamento Ejecutivo a suscribir el acta constitutiva, contrato social y todo otro instrumento público o privado necesario a fin de materializar lo dispuesto en el articulo anterior. Asimismo se lo faculta a formálizar la correspondiente suscripción e integración del capital social en las formas y condiciones que se establezcan, hasta SEIS MIL QUINIENTAS CINCUENTA Y SIETE (6.557) ACCIONES de PESOS UNO ($1), por PESOS SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE ($ 6.557.-), equivalente al UNO CON SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE MILÉSIMOS POR CIENTO (1,639 %) del diez por ciento (10%) del capital social.
Artículo 3°: La Secretaria de Hacienda y Administración realizará las reestructuras necesarias al presupuesto vigente a efectos de atender las erogaciones previstas en el artículo 2°.
Artículo 4°: Comuniquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
ORDENANZA N° 26/2019