Caleufu (LP) 5 de Diciembre de 2019
VISTO:
La Ordenanza N° 10/2019 por la cual se aprueba el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el ejercicio 2019; y
CONSIDERANDO:
Que dentro del Presupuesto se fijan los números de cargos para el personal de planta permanente tanto para el Departamento Ejecutivo como para la Rama Deliberativa,
Que dentro del Anexo 4° “PLANTA DE PERSONAL MUNICIPAL AÑO 2019” se aprueban cuatro (4) vacantes para ingresos de personal, de las cuales tres (3) son Categoría 15 y una (1) Categoría 14,
Que el Departamento Ejecutivo ha manifestado que las necesidades de ingreso de personal a la fecha son de tres (3) personas que han desarrollado tareas de carácter transitorio y/o de prestación de servicios en los sectores administrativos , las cuales además poseen estudios medios cursados, y que este Departamento Ejecutivo considera necesario incorporarlas al plantel municipal a los fines de consolidar las tareas administrativas municipales,
Que conforme al Título 3° de la Ley 643 “Estatuto para los Agentes de la Administración Publica” el ingreso de los aspirantes a agentes permanentes por la rama administrativa es por la Categoría 15 salvo que el aspirante posea título de enseñanza media o cuando se trate de cubrir un cargo para lo cual sea requisito poseer conocimientos técnicos y el concursante acredite título de enseñanza técnica , en cuyo caso el ingreso será por la categoría 14,
Que se hace necesario modificar los cargos vacantes incluidos en el Anexo 4° “PLANTA DE PERSONAL MUNICIPAL AÑO 2019” de acuerdo a lo descripto anteriormente,
Que esta modificación significara absolutamente un cambio cualitativo y no cuantitativo en el presupuesto aprobado, dado la fecha en que se encuentra la ejecución del presupuesto municipal, ..
Que es facultad de este Cuerpo deliberante el dictado de la presente.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Artículo 1°: Apruébese la modificación del Anexo 4° ”PLANTA DE PERSONAL MUNICIPAL AÑO 2019” aprobado por Ordenanza N° 10/2019, de acuerdo al Anexo que se adjunta a la Presente.
Artículo 2°: Pase al Poder Ejecutivo de la Municipalidad de Caleufu para su promulgación y aprobado, transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, Cumplido, Archívese.
ORDENANZA N° 46/2019