Caleufu (LP) 11 de Septiembre de 2020
VISTO:
Que el Municipio cuenta con un Parque Automotor heterogéneo en cuanto a su estado y antigüedad, y
CONSIDERANDO:
Que es importante mantener en buen estado de funcionamiento los vehículos y maquinarias municipales, como también la adecuada organización de las tareas , para la óptima prestación de los servicios públicos,
Que los vehículos, maquinarias y herramientas deben cumplir con los requerimientos de seguridad para protección de los trabajadores , según las normas pertinentes,
Que es facultad del Concejo Deliberante ; según Ley N° 1597 de Municipalidades y Comisiones de Fomento.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
RESUELVE:
Articulo 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo informe respecto del Parque Automotor Municipal:
a) Detalle de vehículos y maquinarias, mencionando marca, modelo y año de fabricación.
b) Estado de funcionamiento en el que se encuentra, y si posee seguro.
Artículo 2°: Solicitar la presencia del o los Capataces responsable del Área para que informen sobre:
a) Organización del personal en cuadrillas o grupos, turnos y horarios.
b) Provisión al personal de elementos de protección y herramientas acordes a las tareas que realizan.
c) Servicio público a cuya prestación se afecta normalmente cada vehículo o maquinaria, si el personal que lo conduce es permanente o rotativo, si es de planta permanente y si el Municipio le provee la licencia de conducir habilitante para cada caso.