ORDENANZA 13 / 2021 - Fija Montos para Contrataciones de Suministros y Obras Públicas

 





Caleufu (LP), 18 de Mayo del 2021 


VISTO:  

La Ordenanza N° 02/2019, y 


CONSIDERANDO:  

- Que en la citada ordenanza se fijan los montos máximos autorizados en las distintas modalidades para las contrataciones de suministros y de obras públicas municipales respectivamente,

- Que se hace necesaria una nueva adecuación de dichos importes teniendo en cuenta la fecha de la última modificación y como es de público conocimiento la variación que han sufrido los precios de los distintos insumos y servicios que contrata la municipalidad,

- Que al Departamento Ejecutivo se le hace necesario contar con la norma legal que le permita el desarrollo de sus acciones,

- Que le corresponde a este Concejo Deliberante y es facultad según lo que establece el artículo 47 de la Ley N° 1597,


POR ELLO: 

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Fíjense los siguientes montos para las Contrataciones de Suministros a realizarse en el ámbito de la Municipalidad, conforme al siguiente detalle:

1) Compra Directa ...... Hasta $550.000,00
2) Concurso de Precios...... Hasta $1.600.000,00
3) Licitación Privada ..... Hasta $2.500.000,00
4) Licitación Publica ...... Excediendo $2.500.000,00

Articulo 2°: Fíjense los siguientes montos para las contrataciones de obras públicas a realizarse en el ámbito de la municipalidad, conforme al siguiente detalle:

5) Compra Directa ..... Hasta $2.100.000,00
6) Concurso de Precios ........Hasta $3.600.000,00
7) Licitación Privada ...... Hasta $5.700.000,00
8) Licitación Publica ....... Excediendo $5.700.000,00

Artículo 3°: Derogar toda otra Ordenanza anterior referida a los montos de contrataciones de suministros y de Obras Públicas.

Articulo 4°: Pase al Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Caleufu para su promulgación y aprobado, transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones,


ORDENANZA N° 13/2021



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