Caleufú (LP), 14 de Abril de 2023
VISTO:
El Programa de "Soluciones Habitacionales" previsto en la Ley de Descentralización N° 2461 de nuestra Provincia y;
CONSIDERANDO:
- Que el Concejo Provincial de Descentralización, acordó bajo los términos del Acta N° 18 otorgar para el año 2023 la suma de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS MIL ($2.500.000,00) por localidad, correspondiente al Programa de Soluciones Habitacionales,
- Que dichos fondos podrán ser destinados a la construcción, reparación, ampliación o recuperación de viviendas existentes o para la provisión de servicios básicos de infraestructura y mejora de viviendas,
- Que el Instituto Provincial Autárquico de Vivienda es quien pone en marcha la Operatoria prevista en el Programa referido,
- Que a los fines de la ejecución de dicho Programa es necesaria la intervención del Concejo Deliberante de Caleufú,
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
ARTICULO 1°: Autorizase la ejecución del Programa de Soluciones Habitacionales, por el monto establecido por el Consejo Provincial de Descentralización para el año 2023.
ARTICULO 2°: Que dichos fondos podrán ser destinados a la construcción, reparación, ampliación o recuperación de viviendas existentes o para la provisión de servicios básicos de infraestructura y mejora de viviendas.
ARTICULO 3°: Derogase en todos sus términos la Ordenanza 04/2023.
ARTICULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido archívese.
ORDENANZA N° 12 /2023