Caleufú (L.P), 5 de Abril 2023
VISTO:
La necesidad de instalar la planta de tratamiento de residuos cloacales de la localidad de Caleufú; y
CONSIDERANDO:
- Que a tales fines resulta necesaria la compra de una fracción de terreno alejada de la zona urbana pero de fácil acceso a la misma para ser destinada a la instalación de la planta de tratamiento de residuos cloacales;
- Que el inmueble denominado catastralmente como Sec. 007; Frac. C; Lote 06; Parc. 108; Partida 591.138 propiedad de los Sr. Delu, Victor Hugo cuil: 20-20474764-5, Delu Fernando Luis cuil: 20-23203390-9 y Delu Alejandro Marcelo cuil: 20-23203391-7, reviste las dimisiones, ubicación y características técnicas necesarias para cumplir con la finalidad de la obra, según los estudios realizado en el proyecto de la misma de acuerdo a lo manifestado por el Departamento Ejecutivo.
- Que en atención a lo anterior, resulta necesaria la autorización por parte del Cuerpo Deliberativo para la compra directa de tal inmueble;
- Que se encuentra acreditados los extremos fácticos necesarios, dada la condición de obra pública, para otorgar la correspondiente autorización.
- Que la presente es dictada en el ejercicio de las facultades, que confiere 1 1597 de "Municipalidades y Comisiones de Fomento" de la Provincia de La Pamp
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Articulo. 1°: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a la compra directa por la suma de dólares estadounidenses (USD. 50.000,00) pagadero en un pago en pesos al tipo de cambio oficial del Banco de la Nación Argentina correspondiente al día de dicho pago del inmueble denominado catastralmente como Sec. 007; Frac. C; Lote 06; Parc.108; Partida 591.138 con una superficie de 7 hectáreas de propiedad de los Señores: Delu, Victor Hugo Cuil: 20-20474764-5, Delu Fernando Luis Cuil: 20-23203390-9 y Delu Alejandro Marcelo Cuil: 20-23203391-7.
Articulo. 2°: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir la escritura traslativa de dominio correspondiente, facultándoselo al pago de todos los gastos, sellados y honorarios necesarios que la escrituración demanda.
Articulo. 3°: Notifíquese con copia al Departamento Ejecutivo, pase al libro de registro de ordenanzas, cumplido ARCHIVESE.-
ORDENANZA: 05/2023