Caleufú (LP), 7 de Junio de 2024
VISTO:
El Programa de "Soluciones Habitacionales" previsto en la Ley de Descentralización Nº 2461 de nuestra Provincia, y,
CONSIDERANDO:
• Que el Concejo Provincial de Descentralización , acordó bajo los términos del Acta N° 19 otorgar para el año 2024 la suma de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000,00) por localidad, correspondiente al Programa de Soluciones Habitacionales,
• Que dichos fondos podrán ser destinados a la construcción, reparación, ampliación o recuperación de viviendas existentes o para la provisión de servicios básicos de infraestructura y mejora de viviendas,
• Que el Instituto Provincial Autárquico de Vivienda es quien pone en marcha la Operatoria prevista en el Programa Referido,
• Que a los fines de la ejecución de dicho Programa es necesaria la Intervención del Concejo Deliberante de Caleufu,
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
ARTÍCULO 1: Autorizase la ejecución del programa de Soluciones Habitacionales, por el monto establecido por el Consejo Provincial de Descentralización para el año 2024.
ARTÍCULO 2: Analizadas las necesidades de esta localidad, estos fondos serán destinados a, reparación, ampliación o recuperación de viviendas existentes.
ARTÍCULO 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, Regístrese, Publiquese y Cumplido esto Archivese.
ORDENANZA N° 17/2024