Caleufú (LP), 22 de Noviembre de 2024
VISTO:
Que la Ley N° 1597 de Municipalidades y Comisiones de Fomento, dispone que el día 30 de Noviembre finalicen las Sesiones Ordinarias de los Concejos Deliberantes, y
CONSIDERANDO:
• Que a este Cuerpo aún le quedan temas para tratar en las distintas comisiones , previéndose además la entrada de nuevos asuntos que requieran tratamiento,
• Que diciembre es un mes de actividad normal en el ámbito municipal,
• Que acorde a lo estipulado por el articulo N° 14 , segundo párrafo de la Ley N° 1597 , este Cuerpo Deliberante puede prorrogar el periodo de Sesiones Ordinarias ,
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Articulo 1°: Prorróguese el Periodo Ordinario de Sesiones de este Concejo Deliberante hasta el día 19 de Diciembre del corriente.
Articulo 2°: Comuniquese, Publíquese, Regístrese y Cumplido Archívese.
ORDENANZA N° 48/2024