ORDENANZA 15 / 2018 - Autoriza Compra Directa Camion Mercedes Benz - Deroga Ordenanza N° 08-2018

 



Caleufu (LP) 31 de Mayo de 2018 


VISTO: 

La Ordenanza Municipal N° 38/2017;
La Ordenanza Municipal N° 08/2018 y, 


CONSIDERANDO: 

Que según el Articulo 1° de la misma se autoriza al Departamento Ejecutivo a la compra de un camión 0 (CERO) Kilómetro para la prestación del Servicio Publico Municipal,

Que en el Árticulo 2° se establece que la compra será financiada con recursos provenientes de la linea de Prestamos para Municipios y Comisiones de Fomento del Banco de La Pampa,

Que en nota remitida por la Empresa TAURO AUTOMOTORES S.A. expresa la dificultad de venta directa a Municipalidades,


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Articulo 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar la compra en forma directa, a la Firma RODADOS OESTE S.A. , CUIT 30-71192310-8 de un camión O (CERO) kilómetro , Marca Mercedes Benz, Modelo ATEGO 1720/48 , en la suma de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL ($1.468.000,00) . Asimismo se faculta al Señor Intendente Municipal a adoptar, rubricar y realizar todas las medidas , tramites , documentos y gastos que sean necesarios para el cumplimiento de lo aquí autorizado.

Articulo 2°: Deróguese la Ordenanza N° 08/2018.

Artículo 3°: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza será Afectado a la partida presupuestaria en vigencia.

Articulo 4°: Pase al Departamento Ejecutivo para su registro y Promulgación, Comuniquese, Publíquese y Archívese.


ORDENANZA N° 15/2018





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ORDENANZA 14 / 2018 - Modifica Ordenanza N° 1-2013

 



Caleufu (LP) 31 de Mayo de 2018 


VISTO: 

El Articulo 4° del Anexo 1° del la Ordenanza N° 1/2013, y 


CONSIDERANDO: 

Que según lo que establece el Articulo N° 88 tercero de la Ley Provincial N° 1123, se hace necesaria la modificación del Articulo 4° del Anexo 1 de la Ordenanza N° 1/2013.

Que es facultad de este Cuerpo Deliberante según lo establece la Ley N° 1597, de Municipalidades y Comisiones de Fomento.


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Articulo 1°: Modifiquese el Articulo 4° del. Anexo 1° de la Ordenanza N° 1/2013, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Articulo 4°: Prohibase la venta de alcohol a menores de 18 años y en consecuencia categoricese a los locales en:

A) Comercios no autorizados a vender bebidas alcohólicas (locales que expendan combustibles, a los kioscos y a aquellos que determinen las Ordenanzas Municipales).

B) Comercios autorizados a vender bebidas alcohólicas entre las 8 horas y las 22 horas (Supermercados, Polirubros, Despensas, Etc).

C) Comercios autorizados a vender bebidas alcohólicas cuya habilitación les permite extenderse en el expendio de las mismas después de las 22 horas (locales Nocturnos).


Articulo 2°: Elévese copia de la Presente al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y Promulgación.

Artículo 3°: Pase a Secretaría, Transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones. Cumplido esto Archívese.



ORDENANZA N° 14/2018





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ORDENANZA 13 / 2018 - Aprueba Cuenta de Inversión 2017

 



Caleufu (LP) 17 de Mayo de 2018 


VISTO: 

La elevación de parte del Poder Ejecutivo de la Cuenta de Inversión correspondiente al Ejercicio Financiero 2017; y 


CONSIDERANDO: 

Que la misma se realiza en tiempo y forma de acuerdo a la normativa vigente ; 

Que se entiende asimismo que la Cuenta de Inversión es un complemento de los Balances mensuales que periódicamente el Poder Ejecutivo pone a Consideración de este Cuerpo Deliberativo para su tratamiento , la cual refleja el destino, o sea gastos e inversiones realizadas , que se le han dado a los recursos Municipales percibidos en el Transcursos del ejercicio , como también lós indicadores económicos y financieros de la gestión Múnicipal;

Que de acuerdo al análisis realizado por este Concejo Deliberante se estima oportuno aprobar en todos sus términos la Cuenta de Inversión del Ejercicio 2017,

Que la presente es dictada dentro de las facultades y competencias que el articulo 39 de la Ley Provincial N° 1597 de Municipalidades y Comisiones de Fobtento otorga a este Cuerpo Deliberativo Municipal;


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Apruébese en todos sus Términos la Cuenta de Inversión correspondiente al Ejercicio 2017, la cual se Adjunta a la Présente.

Articulo 2°: Notifíquese con copia al Departamento Ejecutivo, Pase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, Publíquese, cumplido esto Archívese.



ORDENANZA N° 13/2018





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ORDENANZA 12 / 2018 - Aprueba Balance Diciembre 2017

 



Caleufu (LP) 17 de Mayo de 2018


VISTO: 

El Balánce del mes de Diciembre del 2017, elevado por el Dipertamento Ejecutivo para su posterior estudio y verificación; y 


CONSIDERANDO: 

Que de acuerdo al estudio y verificación, los resultados s se consideran correctos. 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Articulo 1°: Apruébese el Balance del mes de Diciembre de 2017, elevado por el Departamento Ejecutivo. 

Articulo 2°: Elévese Copia de la Ordenanza al Departamento Ejecutivo para su Conocimiento y de Forma. 

Articulo 3°: Pase a Secretatia, Transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido esto Archívese.



ORDENANZA N° 12/2018




 

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ORDENANZA 11 / 2018 - Aprueba Balance Noviembre 2017

 


Caleufu (LP) 4 de Mayo de 2018 


VISTO: 

El Balance del mes de Noviembre. de 201 7, elevado porel Departamento Ejecutivo para su posterior estudio y verificación, y 


CONSIDERANDO: 

Que de acuerdo al estudio y verificación, los resultados se consideran correctos. 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Apruébese el Balance del mes de Noviembre de 2017, elevado por el Departamento Ejecutivo.

Artículo 2°: Elévese copia al Departáñiento Ejecutivo para su conocimiento y de forma. 

Artículo 3°: Páse a Secretaria, transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido esto archivese.



ORDENANZA N° 11/2018





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ORDENANZA 10 / 2018 - Autoriza Compra Directa de Tosca Triturada

 



Caleufu (LP) 4 Mayo de 2018 


VISTO: 

La ejecución de la obra de asfalto presupuestada para nuestra localidad, que permita a la población en general a transitar con mayor seguridad y; 


CONSIDERANDO: 

Que requieren insumos a utilizar para la ejecución de la Obra Asfalto,

Que según los presupuestos solicitados por el Departamento Ejecutivo , los montos presupuestados superan el monto máximo autorizado según Ordenanza N° 12/2016 vigente a la fecha,

Que es facultad de este Concejo Deliberante autorizar las compras directas que superen los montos fijados según la Ordenanza N° 12/2016.


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Articulo 1°: Autorizase al Poder Ejecutivo a adquirir por el Sistema de compra directa la cantidad de 1200 toneladas de tosca triturada puestas en Caleufu a un precio final de $ 418,00 por tonelada a la Empresa Omar A. Jubete , CUIT: 20-10614673-0 según presupuesto adjuntado por el Departamento Ejecutivo.

Articulo 2°: Elévese Copia de la Presente al Departamento Ejecutivo Municipal para su conocimiento y Promulgación.

Articulo 3°: Dase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, Cumplido Archívese.



ORDENANZA N° 10/2018





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ORDENANZA 09 / 2018 - Autoriza Escrituración de Inmueble

 



Caleufu (LP) 4 de Mayo de 2018 


VISTO: 

Que la Ordenanza N° 23 /88 resuelve la construcción de viviendas por el Programa de viviendas Progresivas de la Secretaria de Vivienda y Ordenamiento Ambiental de la Nación.

Que la Ordenanza N° 12/96 autoriza al Poder Ejecutivo Municipal a firmar la escritura traslativa de dominio a favor de los poseedores de casa-habitación del Programa de Viviendas Progresivas en la manzana 58a y 58b de la localidad.


CONSIDERANDO: 

Que la Casa-Habitación designada catastralmente como :83-01-c3-058a-15-0, Partida 722815 , es propiedad de la Municipalidad de Caleufu,

Que los Sres. /a: Miguel Ángel Quiroga, DNI: 14.612.273, María Antonia QUIROGA, DNI: 17.246.313, Hugo Alberto QUIROGA, DNI 17.916.225, Juan Carlos QUIROGA, DNI 12.287.947 y José Luis QUIROGA, DNI 12.828.550, son poseedores de la Casa-Habitación.


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Articulo 1°: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a subscribir la escritura traslativa de Dominio a favor de: : Miguel Ángel Quiroga , DNI: 14.612.273, María Antonia QUIROGA ,DNI:17.246.313, Hugo Alberto QUIROGA DNI 17.916.225 , Juan Carlos QUIROGA , DNI 12.287.947 y José Luis QUIROGA ,DNI 12.828.550, sobre el inmueble designado catastralmente como: 83-01-c3-058a-15-0, Partida 722815.

Artículo 2°: Corresponden los gastos de Formalización de los trámites a los adjudicatarios.

Articulo 3°: Pase a Secretaria, Cumplido esto, Archívese.



ORDENANZA N° 09/2018





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ORDENANZA 08 / 2018 - Autoriza Compra Directa Camión Mercedes Benz

 



Caleufu (LP) 4 de Mayo de 2018 


VISTO: 

La Ordenanza N° 38/2017; y 


CONSIDERANDO: 

Que según el Articulo 1° de la misma se autoriza al Departamento Ejecutivo a la compra de un camión 0 (CERO) Kilómetro para la prestación del Servicio Publico MUNICIPAL,

Que en el Artículo 2° se establece que la compra será financiada con recursos provenientes de la línea de Préstamos para Municipios y Comisiones de Fomento del Banco de La Pampa.

Que en tal sentido y conforme al Artículo 3° de la Ordenanza N° 38/2017 el Departamento Ejecutivo ha remitido a este Cuerpo Deliberativo un Presupuesto de la Firma Tauro Automotores S.A. de un camión Mercedes Benz, Modelo Atego 1720/48 Cero Kilómetro.


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Articulo 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar la compra en forma directa según presupuesto adjunto , a la firma Tauro Automotores S.A. ,CUIT 30-64604909-8 de un camión 0 (CERO) Kilómetro marca Mercedes Benz Modelo ATEGO 1720/48 , en la suma de Pesos Un Millón Cuatrocientos Sesenta y ocho Mil ($1.468.000,00). Asimismo se faculta al Señor Intendente Municipal a adoptar , Rubricar y Realizar todas las medidas , Tramites , Documentos y gastos que sean necesarios para el Cumplimiento de lo aquí autorizado.

Articulo 2°: El gasto que demande el Cumpliendo de la presente Ordenanza será afectado a la partida presupuestaria vigente.

Articulo 3°: Pase al Departamento Ejecutivo para su registro y promulgación, Comuníquese, Publíquese y Archívese.



ORDENANZA N° 08/2018





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RESOLUCIÓN 04 / 2018 - Solicita Informes Sobre Planta de Procesamiento de Carnes

 



Caleufu (LP) 19 de Abril de 2018 


VISTO: 

La Ordenanza N° 51/2015, autorizando al Departamento Ejecutivo a realizar la cesión de la Planta de Elaboración y Procesamiento de carne de Diferentes Especies y Otros, al grupo de productores de Caleufu, y 


CONSIDERANDO: 

Que la planta de Elaboración y Procesamiento de carnes diferentes es propiedad de la Municipalidad de Calenfu. 

Que la misma ha sido cedida en comodato al Grupo Asociativo “Porcicultores de Caleufu”. 

Que ya vencieron los plazos fijados para su funcionamiento.

Que es facultad del Concejo Deliberante.


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
RESUELVE


Articulo 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo Informe:

1. Motivos del incumplimiento de la apertura de la planta de elaboración y procesamiento de carnes diferentes y otras.
2. Estado actual de la planta,
3. Si se están realizando trabajos actualmente.


Articulo 2°: Pase ál Departamento Ejecutivo para su conocimiento. 


Articido 3°: Pase a Secretaria, Transcribase en el Libro de Ordenanzas y Resoluciones, Cumplido esto Archívese.


RESOLUCIÓN N° 04/2018






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ORDENANZA 07 / 2018 - Aprueba Balance Octubre 2017

 



Caleufu (LP) 19 de abril de 2018 


VISTO: 

El Balance del mes de Octubre de 2017, elevado por el Departamento Ejecutivo para su posterior estudio y verificación, y 

CONSIDERANDO: 

Que de acuerdo al estudio y verificación, los resultados se consideran correctos. 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Apruébese el Balance del mes de Octubre de 2017, elevado por el Departamento Ejecutivo.

Artículo 2°: Elévese copia de Ordenanza al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y de forma.

Artículo 3°: Pase a Secretaria, transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido esto archívese.


ORDENANZA N° 07/2018





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ORDENANZA 06 / 2018 - Eleva Listado Solicitudes de Becas Educativas

 



Caleufu (LP) 19 de Abril de 2018 


VISTO: 

El listado de Solicitudes de Becas Estudiantiles de Nivel Secundario, Terciario y Universitario, elevado por el Departamento Ejecutivo para:el año 2018, y 


CONSIDERANDO: 

Que ha sido evaluado por este Cuerpo Deliberativo.

Que de acuerdo a la Ley N° 967 los beneficiarios cumplen con los requisitos exigidos. .

Que la Coordinación General de Programas de Becas Nacionales y Provinciales y Créditos Educativos, dependiente del Ministerio de cultura y Educación del Gobierno de La Pampa requiere el aval de este Concejo Deliberante.


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Elevar el Listado de Solicitudes de Becas de la localidad de Caleufu para el año 2018 que forma parte ,como anexo 1, de la presente Ordenanza, al Departamento Ejecutivo Municipal. :

Artículo 2°: Elévese copia de la presente Ordenanza al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y de formia.

Artículo 3°: Pase a Secretaria, transcribase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido esto, archívese.



ORDENANZA N° 06/2018





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ORDENANZA 05 / 2018 - Préstamo Ley Provincial N° 2870

 




Caleufu (LP) 5 de Abril de 2018


VISTO: 

La solicitud, elevada por el Presidente del Consejo Productivo local, de otorgamiento y aprobación de un préstamo en condiciones de Fomento de la Ley Provintial N° 2870, y;


CONSIDERANDO: 

Que las disposiciones contenidas en los Artículos 23;6,25 y concordantes de la Ley N° 2870 de Promoción Económica; así como la creación del Fondo Provincial para la Promoción Económica y el respectivo programa de otorgamiento de Préstamos en condiciones de fomento previsto por la normativa citada,

Que el Departamento Ejecutivo Municipal de la localidad de Galeufu, Provincia de La Pampa debe expedirse sobre la factibilidad del préstamo solicitado por la Señora Susana Felisa TOLOSA, en las cotidiciones de Fomento previstas en la Ley;

Que resulta necesario cumplir con los actos administrativos correspondientes para el otorgamiento del Préstamo en el marco y facultades de las leyes vigentes; 

Que se han cumplimentado los requisitos establecidos en la Ley N° 2870 y su reglamentación, como asimismo a las disposiciones pertinentes a la intervención, evaluación y control por parte de las oficinas técnicas:competentes de la jurisdicción, con la respectiva intervención del CONSEJO PRODUCTIVO LOCAL quien mediante Acta N° 11 de fecha 21 de Febrero de 2018 se ha expedido favorablemente al otorgamiento del préstámo;

Que por tal motivo corresponde dictar la Ordenanza pertinente, a fin de aprobar el otorgamiento del préstamo solicitado;


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Articulo N° 1: Aprobar el otorgamiento de un crédito pesos DOSCIENTOS MIL CON 00/100 ($200:000,00) a la Señora Susana Felisa TOLOSA, DNI. 18.631.455, CUIT CUIL 27-18.631.455-2 domiciliada en Belgrano N° 144 de la nlocalidad de Caleufu Provincia de La Pampa , enlos términos de la Ley Provincial N° 2870 de Promoción Económica y su reglamentación, destinado a la ampliación del negoció con el que cuenta desde el año 2014 en la localidad, “Despensa La.Estación”, venta al por menor de productos de almacén, fiambre, Frutas, Verduras, entre otros.

Articulo N° 2: El Contrato de Préstamo se formulará de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 2870, su reglamentación y lo dispuesto en la presente Ordenanza. 

Articulo N° 3: Al Crédito acordado se le aplicará una tasa de interés variable y surgirá de bonificar el sesenta y cinco por ciento (%65) de la tasa encuesta del plazo fijo 60 o más días de publicada por B.C.R.A de formá mensual. El Porcentaje de bonificación de la tasa de interés no podrá representar más de doce (12) puntos porténtuales de la tasa base, como también, la tasa de interés minima a pagar por el beneficiario no podrá ser inferior al seis por ciento (%6).


Articulo N° 4: El Préstamo otorgado será reintegrado en treinta y seis (36) cuotas mensuales consecutivas, en el plazo de 3 años, sin período de gracia.


Articulo N° 5: El recupero del préstamo otorgado se garantiza al Gobierno de la Provincia de La Pampa con los fondos correspondientes a la coparticipación que corresponda al Municipio.


Articulo N° 6: Las imputationes correspondientes al presente préstamo serán realizadas por el Departamento Ejecutivo Municipal, en las partidas presupuestarias creadas al efecto.


Articulo N° 7: Comuníquese, regístrese en la Carpeta de Ordenanzas del Concejo Deliberante y pase al Departamento Ejecutivo Municipal para los demás efectos.



ORDENANZA N° 05/2018





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ORDENANZA 04 / 2018 - Préstamo Ley Provincial N° 2870

 




Caleufu (LP) 5 de Abril de 2018 


VISTO: 

La solicitud, elevada por el Presidente del Consejo Productivo local, de otorgamiento y aprobación de un préstamo en condiciones de Fomento de la Ley Provintial N° 2870, y; 


CONSIDERANDO: 

Que las disposiciones contenidas en los Artículos 23;6,25 y concordantes de la Ley N° 2870 de Promoción Económica; así como la creación del Fondo Provincial para la Promoción Económica y el respectivo programa de otorgamiento de Préstamos en condiciones de fomento previsto por la normativa citada,

Que el Departámento Ejecutivo Municipal de la localidad de Caleufu, Provincia de La Pampa debe expedirse sobre la factibilidad del préstamo solicitado por la Señora Alejandra Marina LOVERA, en las conditiones de Fomento previstas en la Ley; 

Que resulta necesario cumplir con los actos administrativos correspondientes para el otorgamiento del Préstamo en el marco y facultades de las leyes vigentes; 

Que se han cumplimentado los requisitos establecidos en la Ley N° 2870 y su reglamentación, como asimismo a las disposiciones pertinentes a la intervención, evaluación y control por parte de las oficinas técnicas:competentes de la jurisdicción, con la respectiva intervención del CONSEJO PRODUCTIVO LOCAL quien mediante Acta N° 11 de fecha 21 de Febrero de 2018 se ha expedido favorablemente al otorgamiento del préstámo;

Que por tal motivo corresponde dictar la Ordenanza pertinente, a fin de aprobar el otorgamiento del préstamo solicitado;


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Articulo N° 1: Aprobar el otorgamierto de un crédito de PESOS DOSCIENTOS MIL CON 00/100 ($200.000,00) a la Señora Alejandra Marina LOVERA, DNI 24.248.786, CUIT —CUIL 27-24.248.786-4 domiciliada en Alsina N° 727 de la localidad de Caleufu Provincia de La Pámpa en los términos de la Ley Provincial N° 2870 de Promoción Económica y su reglamentación, destinado a financiar el Proyecto productivo a desarrollarse en nuestra Localidad — Venta de Repuestos en general y atención al Agro a realizar en calle Sarmiento y Arturo Illia — el cual tiene proyección local y regional.

Articulo N° 2: El Contrato de Préstamo se formulará de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 2870, su reglamentación y lo dispuesto en la presente Ordenanza.

Articulo N° 3: Al Crédito acordado se le aplicará una tasa de interés variable y surgirá de bonificar el sesenta y cinco por ciento (%65) de la tasa encuesta del plazo fijo 60 o más días de publicada por B.C.R.A de formá mensual. El Porcentaje de bonificación de la tasa de interés no podrá representar más de doce (12) puntos porténtuales de la tasa base, como también, la tasa de interés minima a pagar por el beneficiario no podrá ser inferior al seis por ciento (%6).

Articulo N° 4: El Préstamo otorgado será reintegrado en treinta y seis (36) cuotas mensuales consecutivas, en el plazo de 3 años, sin período de gracia.

Articulo N° 5: El recupero del préstamo otorgado se garantiza al Gobierno de la Provincia de La Pampa con los fondos correspondientes a la coparticipación que corresponda al Municipio.

Articulo N° 6: Las imputationes correspondientes al presente préstamo serán realizadas por el Departamento Ejecutivo Municipal, en las partidas presupuestarias creadas al efecto.

Articulo N° 7: Comuníquese, regístrese en la Carpeta de Ordenanzas del Concejo Deliberante y pase al Departamento Ejecutivo Municipal para los demás efectos.


ORDENANZA N° 04/2018




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ORDENANZA 03 / 2018 - Aprueba Ordenanza Tarifaria 2018

 




Caleufu (L.P.)  5 de Abril de 2018 


VISTO: 

La necesidad de establecer el Cálculo de Recursós y Presupuestos de Gastos del Municipio para el ejercicio 2018; y 


CONSIDERANDO: 

Que resulta necesario dotar a la Manicipalidad del instrumento legal que posibilite un eficaz desenvolvimiento administrativo contable:

Que de acuerdo al Artículo N° 37 de:la Ley N° 1587 la sanción del citado instrumento corresponde al Concejo Deliberarite; 

Que este Concejo ha análizádo detenidamente su contenido compartiendo totalmente el mismo con la propuesta realizada por el Poder Ejecutivo; 

Que de acuerdo a la Ley 2899 corresponde al Concejo Deliberante fijar anualmente los parámetros en el uso de los ingresos provenientes de las: sumas coparticipadas por las regalías hidrocarburíferas; 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU 
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Articulo 1°: Apruébase en todos sus términos la Ordenanza Tarifaria 2018 que se adjunta a la presente. 

Artículo 2°: Estimese los recursos y fijanse las erogaciones de la Municipalidad de Caleufu para el ejercicio 2018, en la suma de PESOS CINCUENTA Y UN MILLONES SETENTA Y UN MIL CIENTO VEINTICINCO ($51.071, 125,00) de ácuerdo al detalle qué se indica en los ANEXOS 1, 2 Y 3 que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 3°: Fijese en cuarenta y Siete (47) el número de cargos de la Planta de Personal Permanente y siete (7) el número de cargos del Concejo Deliberante, según detalle de los ANEXOS 4° y 5° que forman parte integrante de la Presente Ordenanza. 

Artículo 4°: Aprobar la libre disponibilidad (%100) en el uso de los fondos a ser recibidos por este Municipio por la Coparticipación de las Regalías Hidrocarburíferás para el Ejercicio 2018.

Artículo 5°: Facultase al Departamento Ejetútivo a solicitar anticipos de coparticipación cuando lo crea necesario ante el poder Ejecutivo Provincial.

Artículo 6°: En ningún caso podrán comprometerse gastos sino hasta el monto total de los recursos efectivamente realizados.

Artículo 7°: Elévese copia al Poder Ejecutivo Provincial por intermedio de la Secretaria de Asuntos Municipales.

Artículo 8°: Pase al Departamento Ejecutivo pará su promulgación, comuniquese, publíquese y archívese.



ORDENANZA 03/2018






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RESOLUCIÓN 02 / 2018 - Adhiere a Resolución N° 01-2018 Concejo Deliberante de Ingeniero Luiggi

 


Caleufu (LP) 22 de Marzo de 2018 


VISTO:

La Resolución N° 01/2018 emitida por el Concejo Deliberante de la localidad de Ingeniero Luiggi, y 


CONSIDERANDO:

Que en su Artículo N° 2 invita a este Cuerpo deliberante a expedirse en igual sentido.


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
RESUELVE


Artículo N° 1: Adhiérase al Artículo N° 1 de la Resolución N° 01/2018 de la localidad de Ingeniero Luiggi.

Artículo N° 2: Regístrese, Comuniquese al Departarriento: Ejecutivo. Publiciuese, Cumplido esto, Archívese. :


RESOLUCIÓN N° 02/2018





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RESOLUCIÓN 03 / 2018 - Adquisición de Luminarias LED

 



Caleufú (LP) 22 de Marzo de 2018 


EL INTENDENTE MUNICIPAL DE CALEUFU
RESUELVE
AD REFERENDUM DEL CONCEJO DELIBERANTE 


Artículo 1°: Adquirir a la Empresa DHO ELECTRICIDAD SRL , CUIT 30-70965506-6, 13 luminarias A-LED 120W Línea Premium a un precio unitario de $12.225,18 lo que arroja un importe final de PESOS CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS VEINTISIETE con 34/100 ($ 158.927,34).

Articulo 2°: Entregar como parte de pago de la compra detallada en el punto anterior, 950 metros de cable subterráneo de 4 por 16 de propiedad municipal, los cuales se valúan a un:precio de $137,94 por metro, totalizando así la cantidad de PESOS CIENTO TREINTA Y UN MIL CUARENTA Y TRES ($131.043,00) cuyo importe será deducido del monto de la factura a emitir por la empresa DHO ELECTRICIDAD SRL conforme al articulo 1° de la presente.

Articulo 3°: Comuniquese, Publiquese, Regístrese, Dese al Libro de Ordenanzas y Resoluciones; Cumplido Archívese.


RESOLUCIÓN 03/2018





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RESOLUCIÓN 01 / 2018 - Adhiere a Resolución N° 96-2017 Concejo Deliberante de Gral. Pico

 


Caleufu (LP) 22 de Marzo de 2018 


VISTO: 

La Resolución N° 96/2017 emitida por el Concejo Deliberante de la localidad de General Pico y, 


CONSIDERANDO: 
 
Que en su Artículo N° 2, invita a este Cuerpo Deliberante a expedirse en igual sentido. 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
RESUELVE


Articulo N° 1: Adhiérase al Artículo N° 1 de la Resolución N° 96/2017 de la localidad de General Pico.

Articulo N° 2: Regístrese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo, Publíquese, Cumplido esto, Archívese.



RESOLUCIÓN N° 01/2018





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ORDENANZA 02 / 2018 - Aprueba Balance Septiembre 2017

 


Caleufu (LP) 22 de marzo 2018 


VISTO: 

El Balance del mes de Septiembre de 2017, elevado porel Departamento Ejecutivo para su posterior estudió y verificación, y 


CONSIDERANDO:

Que de acuerdo al estudio y verificación, los resultados se considerán correctos. 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA 


Artículo 1°: Apruébese el Balance del més de Septiembre de 2017, elevado por el Departamento Ejécutivo.

Artículo 2°: Elévese copia de Ordenanza al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y de forma,

Artículo 3°: Pasea Secretaria, transcribase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido esto archivese.



ORDENANZA N° 02/2018





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