Caleufu (L.P) 21 de Julio de 2016
VISTO:
La Ordenanza N° 24/2016 y,
CONSIDERANDO:
Que es facultad de este Concejo Deliberante, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento N° 1597, modificar la misma.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Articulo N° 1: Modificase el Articulo N° 1 de la Ordenanza N° 24/2016, el que quedara redactado de la siguiente manera: Articulo N° 1: Aprobar el otorgamiento de un crédito de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($350.000) a la Sra. Alicia Beatriz CERLIANI, DNI 18.018.936 Cuit Cuil 27-18.018.936-5 domiciliada en la calle Bartolomé Mitre N° 439 de Caleufu , Provincia de La Pampa, en los términos de la Ley Provincial N°: 2870 de Promoción Económica y su reglamentación , destinado a financiar el proyecto productivo a desarrollarse en nuestra localidad-Autoservicio ECOTAL —el cual tiene proyección local y regional.
Articulo N° 2: Modíficase el Articulo N° 3 de la Ordenanza N° 24/2016 , el que quedara redactado de la siguiente manera: Artículo N° 3: Al crédito acordado se le aplicara una tasa de interés variable y surgirá de bonificar el sesenta y cinco por ciento (%65) de la tasa encuesta del plazo fijo 60 o más días publicada por B.C.R.A de forma mensual . El porcentaje de bonificación de la tasa de interés no podrá representar más de doce (12) puntos porcentuales de la tasa base, como también, la tasa de interés mínima a pagar por el beneficiario no podrá ser inferior al seis por ciento (%6).
Articulo N° 3: Incorpórese a la presente Ordenanza, como anexo 1 el texto ordenado de la Ordenanza N° 24/2016,
Artículo N° 4: Pase al Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Caleufu para su promulgación, y aprobado, transcríbase al libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido esto archívese.
ORDENANZA N° 35/2016
