Caleufu (LP) 23 de Marzo de 2017
VISTO:
El estado de deterioro en que se encuentran ciertos bienes de propiedad de la Municipalidad;
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario optimizar la prestación de los servicios públicos municipales;
Que a tal fin se hace necesario modernizar los equipos y maquinarias del corralón municipal;
Que se ha evaluado el estado actual de los bienes detallados en el Anexo 1 y se estima dado su deterioro la necesidad de su venta y baja respectiva;
Que de acuerdo a la normativa vigente previo a su venta los mismos deben ser desafectados del servicio público al cual se encuentran afectados;
Que dada la cantidad y el estado de los bienes a dar de baja se cree conveniente el remate público como mejor opción para su venta ;
Que según el Articulo N° 95 de la Ley 1597 resulta necesario autorizar el presente mecanismo por parte del Concejo Deliberante con el voto afirmativo de los dos tercios del total de sus miembros;
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Articulo N° 1: Apruébese el listado de bienes Municipales a vender que como Anexo 1 se adjunta a la presente Ordenanza, quedando incorporado como parte integrante de la misma.
Artículo N° 2: Desaféctese del dominio público municipal los bienes detallados en el Anexo 1 de la presente, los que automáticamente pasaran a formar parte integrante del dominio privado del municipio con el objeto de su venta.
Artículo N° 3: Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar la venta de los bienes detallados en el Anexo 1 en subasta pública , contratando a tal fin a los profesionales intervinientes, y a realizar los gastos necesarios de publicidad y difusión de la subasta, los que serán afectados a la partida presupuestaria vigente.
Articulo N° 4: Una vez perfeccionada las ventas, autorizase a proceder a la baja de los bienes del inventario Municipal.
Artículo N° 5: Notifíquese con copia al Departamento Ejecutivo, pase al libro de Ordenanzas, Publíquese, Cumplido esto archívese.
ORDENANZA N° 04/2017