Caleufú (LP), 29 de Septeimbre de 2023
VISTO:
La necesidad de ampliar los servicios públicos de los vecino con respecto a sanidad; y
CONSIDERANDO:
- Que a tales fines resulta necesario la realización de cordones cunetas en la zona urbana de Caleufú;
- Que los inmuebles ubicados sobre la calle Fel Martini,calle Remedios de Escalada y pensando en las futuras viviendas sobre calle Sarmiento tienen y van a tener la necesidad de la realización de cordones cunetas;
- Que en atención a lo anterior, resulta necesaria la autorización por parte del Cuerpo Deliberativo para la construcción de dichos cordones;
- Que se encuentra acreditados los extremos factícos necesarios, dada la condición de obra pública, para otorgar la correspondiente autorización;
- Dada que ya se encuentra aprobado el presupuesto correspondiente al presente ejercicio, se hace necesario autorizar la construcción de esta nueva obra pública municipal;
- Que la presente es dictada en el ejercicio de las facultades, según la Ley 1597 de "Municipalidades y comisiones de Fomento" de la Provincia de La Pampa otorga a este Municipio.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Artículo l°: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a la construcción de 400 metros lineales de cordones cunetas en las calles Fel Martini, Remedios de Escalada y Sarmiento para mantener la sanidad de nuestra localidad.
Artículo 2°: Los recursos destinados a la obra autorizada provendrán de Rentas Generales debiendo dentro de sus facultades el poder ejecutivo realizar las reestructuras presupuestarias correspondientes.
Artículo 3°: El gasto que demande el cumplimiento de la presente será afectado a la partida presupuestaria 4.2.1.0.09 "Obra Cordón Cuneta"
Artículo 4°: Notifíquese con copia al Departamento Ejecutivo, pase al libro de registro de Ordenanzas, cumplido, archívese.
ORDENANZA N° 36/2023