ORDENANZA 06 / 2026 - Autoriza Subdivisión de Terreno

 




Caleufú (LP), 22 de Abril del 2026 


VISTO:

La necesidad de los vecinos Tourn María Elena, Gaitán María Blanca, Luciano, Román, Franco Tourn y Rodolfo Albino Galceran solicitan subdividir la Partida 591237 del Ejido 083,Seccion 7°, Fracción C, Lote 6, Parcela 189 correspondiente al Ejido de la Municipalidad de Caleufu, y  



CONSIDERANDO:

Que el Departamento Ejecutivo eleva a consideración del Concejo Deliberante la Subdivisión especial solicitada por los vecinos.

Que el dictado de la presente Ordenanza es exigido por la Dirección General de Catastro de la Provincia para la aprobación de los planos correspondientes ,y se dicta al solo efecto de dar cumplimiento a dicho requerimiento.


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Articulo 1°: Autorizar la Subdivisión de la Partida 591237 del Ejido 083, Seccion 7°, Fraccion C, Lote 6, Parcela 189 del cual adjuntamos fotocopia del Plano de Mensura Particular y Subdivisión.

Artículo 2°: Autorizar la Subdivisión del Establecimiento Rural antes mencionado avalado por la Ley 468 que fija las normas para el Fraccionamiento de Predios Rurales.

Artículo 3°: Las parcelas resultantes no podrán tener como destino uso residencial.

Artículo 4°: Pase a Secretaria, Dese al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, Cumplido Archívese.



ORDENANZA N° 06/2026






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